Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1633/19
Nueve de Julio, 05/04/2019
CASA 1, 2 Y 3 DEL BARRIO 11 DE 23 VIVIENDAS PRO CASA III DEL PARTIDO DE 9 DE JULIO (LOCALIDAD DE MOR EA) - ESTABLECE VALOR DEL INMUEBLE A FINES ESCRITURARIOS.
Visto
El Expediente Nº 2416-5260/2016 mediante el cual se tramita la regularización dominial de las Casas Nº 1, 2 y 3 del Barrio 11 de 23 Viviendas PRO CASA III del Partido de 9 de Julio (Localidad de Morea).
Considerando
Que a fs. 41 la Escribanía General de Gobierno, solicita se adjunten minutas contables correspondiente a los inmuebles que se solicitan escriturar.
Que a fs 27 vta. la Dirección de Gestión Judicial informa que no existe juicio de apremio por el recupero del valor de inmueble descripto.
Que por su parte, a fs. 21 vta. la Subsecretaría de Ingresos Públicos informa que no existen datos respecto al valor de amortización del inmueble, ni de cuotas.
Que dada la antigüedad del inmueble, consultadas las áreas correspondientes, se infiere que ni en el expediente en cuestión ni en los registros contables municipales, existe información respecto al valor asctualizado del inmueble.
Que en tal inteligencia, a fs. 30 obra decreto Nro. 4556/2018 mediante el cual se declara la prescripción de cualquier eventual deuda por servicios de amortización de los inmuebles.
Que sin perjuicio de ello, es requerimiento de Escribanía General de Gobierno establecer un valor a los inmuebles para la tramitación de la correspondiente escritura.
Que el precio de venta y plan de financiación de los inmuebles debe ser establecido por la Municipalidad de 9 de Julio.
Que el valor establecido en el presente, será aplicado únicamente a los efectos de la escrituración.
Por ello, el Intedente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Establezcase, solo a los fines escriturarios, el valor de las Casas Nº 1, 2 y 3 del Barrio 11 de 23 Viviendas PRO CASA III del Partido de 9 de Julio (Localidad de Morea), en la suma de pesos cinco mil ($5.000).
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Administraicón y Hacienda.
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.