Boletines/Arrecifes

Ordenanza Nº3039/18

Ordenanza Nº 3039/18

Arrecifes, 28/11/2018

VISTO:

El expediente Nro. 10.161/18, acerca de la nota presentada por el Señor Cura Párroco de la Iglesia San José de los Arrecifes, solicitando la declaración de Bien Patrimonial Tangible de Interés Religioso, Cultural y Arquitectónico, al edificio de la actual Parroquia, sin tener en cuenta la Casa Parroquial y;

CONSIDERANDO:

Que el edificio parroquial reviste un interés patrimonial y cultural para la comunidad de Arrecifes, teniendo en cuenta las características del edificio y su connotación histórica que a continuación se expone en una breve reseña a través de las fechas más relevantes:

Año 1730: Se conforma el “Curato del Pago de los Arrecifes” y se supone que la actual ciudad de Arrecifes tuvo su primera capilla pública fuera de los oratorios de estancias y/o particulares.-

Año 1756: Se construye la primera Vice Parroquia

Año 1772: Se habría refaccionado la primera Capilla.-

Año 1779: El Obispo Fray Sebastián Malvar y Pinto decide crear una Iglesia que pueda albergar a toda la feligresía. Nace la Parroquia San José de los Arrecifes.-

Año 1780: Se desmembra el Curato del Pago de los Arrecifes.-

Año 1815: Se edifica el nuevo templo en la ubicación actual.-

Año 1855: El edificio se prepara para nuevas modificaciones.-

Año 1856: Se refacciona el Templo y se elevan los techos para dar cabida al Retablo y organizar el Altar Mayor.-

Año 1902: Se realizan tareas de refacción del Templo.-

Año 1962 – 1965: Segundo Concilio Vaticano.-

Año 1923: Se agregan las dos naves laterales y la segunda torre. A raíz de las medidas tomadas en el mismo se van modificando sectores del interior del Templo para establecer una nueva comunicación entre el celebrante y los fieles.-

Año 1982: El techo de la nave central cedió y debió ser reemplazado aprovechándose la oportunidad para refaccionar totalmente el edificio.-

Año 1985: El 6 de octubre se consagra el Templo. Fueron ungidos con el Santo Crisma, la Tabla del Altar y los Muros del Edificio. El Señor Obispo Domingo Salvador Castagna dedicó el Altar y Templo recién restaurados en ese acto de consagración.-

Año 2005: Se cumplen 275 años del Curato de los Arrecifes y se recuerda con importantes festejos.-

Año 2017: Realizando tareas de reparación del cielorraso del Peristilo del Templo sorpresivamente los obreros municipales se encuentran con una porción de edificación que pertenece a la construcción del primer frontis de 1855.-

Que además la infraestructura del templo cuenta debajo del Peristilo con la lápida que preserva los restos del Padre José Antonio de Muñagorri fallecido en 1927.-

Que al pié de la puerta sobre calle Rivadavia se encuentran sepultados los restos del Capitán Rodríguez muerto por los indios en la defensa del Fuerte Arrecifes.-

Que debajo del Altar Mayor se ubican los restos pertenecientes a sacerdotes.-

Que la Ordenanza Nro. 1.606, establece el marco normativo para aquellas acciones tendientes a preservar y proteger aquellos bienes muebles e inmuebles, públicos o privados, que sean considerados componentes del patrimonio cultural del distrito.-

Que su artículo 6º dispone que la declaración de interés patrimonial de los bienes y su desafectación se realizaran mediante ordenanza.-

Que en mérito a los antecedentes reseñados, como así el valor Histórico que representa el edificio, resulta conveniente su integración a él patrimonio de la Comunidad del Partido.-

Por lo expuesto:

El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:

 

ORDENANZA

Artículo 1º: Declárase de Interés Patrimonial Histórico-Simbólico-Social para nuestro Distrito, en los términos de la Ordenanza Nro. 1.606  el edificio donde se erige el Templo de la Parroquia San José de los Arrecifes, con exclusión de casa parroquial, ubicado en calle Ricardo Gutiérrez y Rivadavia de la ciudad de Arrecifes.-

Artículo 2º: La presente  declaración  comprende  la  totalidad  de los elementos  de conformidad con los Artículos  2º, 5º y concordantes  de la Ordenanza  Nro.  1.606.-

Artículo 3ºEl  Departamento Ejecutivo Municipal  reglamentará la presente y llevará a cabo  todas las acciones emergentes de la Ordenanza individualizada en el Artículo 2º.-

Artículo 4º:   Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 17º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-       

                                                                                                 

Arrecifes, 29 de Noviembre de 2018.-

A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-

Firmado:

FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente

FABIAN CESAR REYNA – Secretario