Boletines/Arrecifes
Ordenanza Nº 3027/18
Arrecifes, 14/11/2018
VISTO:
La necesidad de promover en los diferentes ámbitos del distrito la concientización respecto de la problemática de violencia de género, y:
CONSIDERANDO:
Que la violencia machista es aquella que se ejerce mediante toda acción, u omisión, dentro del marco de una relación desigual de poder, que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como privado, afecta la vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, por el hecho de ser o sentirte como una mujer.-
Que la violencia de género es un tema que nos ocupa y nos preocupa y debe estar en la agenda pública y política, tanto a nivel nacional, provincial como asimismo en el ámbito local.-
Que la Ley 26.485/09 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales tiene por objeto promover y garantizar: “… c) Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos; d) El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre violencia contra las mujeres. g) La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las mujeres y/o en los servicios especializados de violencia…”.-
Que el Artículo 3º de la mencionada Ley dice. “… Esta ley garantiza todos los derechos reconocidos por la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención sobre los Derechos de los Niños y la Ley 26.061 de Protección Integral de los derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y, en especial, los referidos a entre otros: g) Recibir información y asesoramiento adecuado; h) Gozar de medidas integrales de asistencia, protección y seguridad…”.-
Que en el marco de la Ley 26.485/09 El Consejo Nacional de las Mujeres, presentó el Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las mujeres (2017-2019).-
Que dicho Plan marca un camino común con estándares de protección, que tienen como fin garantizarles a todas las mujeres de Argentina el acceso a dispositivos de atención de calidad, que cuenta con dos ejes de actuación, la prevención y atención integral de las mujeres en situación de violencia de género.-
Que esta propuesta busca otorgar mayor difusión de la línea de atención telefónica gratuita 144 que brinda información, orientación, asesoramiento y contención a mujeres en situación de violencia de género.-
Que la línea telefónica 144, para orientar y asistir a las víctimas que sufren violencia machista; ha sido fortalecida recientemente con la incorporación de profesionales en el marco del Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la Violencia contra las mujeres.-
Que la Línea 144 brinda atención telefónica especializada a mujeres víctimas de violencia de género, es nacional, anónima y gratuita, esto permite que las víctimas de violencia que no tengan crédito en su teléfono o tengan una línea prepaga puedan hacer la denuncia de todos modos.-
Que este tipo de avances no alcanzan si no son acompañadas desde los distintos ámbitos con políticas integrales.-
Que la violencia machista adopta diversos tipos –física, psicológica, sexual, económica, patrimonial y simbólica.-
Qué #NiUnaMenos es la convocatoria a través de la cual se han sumado miles de personas y cientos de organizaciones, unificando en un grito colectivo contra la violencia machista.-
Que unir la difusión de la campaña #NiUnaMenos de alcance nacional y la línea telefónica gratuita 144 que brinda información, orientación, asesoramiento y contención durante las 24 horas, los 365 días del año, a mujeres en situación de violencia de género a nivel nacional, nos permite seguir avanzando en materia de concientización y empoderamiento de las mujeres.-
Por ello:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal incluirá en el margen derecho de todas la facturas de Tasas, Derechos y Contribuciones que emita a partir del 1 de Enero de 2019, la leyenda “SI VOS O ALGUNA MUJER QUE CONOCES SUFRE VIOLENCIA DE GÉNERO LLAMÁ A LA LÍNEA TELEFÓNICA GRATUITA 144 #NI UNA MENOS”
Artículo 2º: Invítese a las Empresas Prestatarias de Servicios Públicos, Cooperativa Eléctrica de Todd, Cooperativa Eléctrica de Viña a evaluar la factibilidad de adoptar una medida similar, consignando en las facturas que envían a sus usuarios y usuarias y/o consumidores y consumidoras, la leyenda “Si vos o alguna mujer que conoces sufre violencia de género llama a la línea telefónica gratuita 144” #NiUnaMenos, habilitada para brindar información, orientación, asesoramiento y contención a mujeres en situación de violencia en todo el país.-
Artículo 3º: Dese una amplia difusión en los medios gráficos, radiales, televisivos y digitales de todo el distrito. En cuanto a las páginas web y redes sociales de dominio Municipal, la difusión será obligatoria y con carácter permanente.-
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Arrecifes, 15 de Noviembre de 2018.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario