Boletines/Arrecifes
Ordenanza Nº 3025/18
Arrecifes, 14/11/2018
VISTO:
La Ordenanza Nro. 1.406/00, por la cual se instituyó en el ámbito de la Municipalidad de Arrecifes, la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.), cuya función del ente es fortalecer el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la Ley Nacional Nro. 24.240 sobre Normas de Protección y Defensa de los Consumidores y el Decreto Provincial Nro. 1.610/96 reglamentario de dicha Ley en territorio bonaerense.-
Que el citado Decreto en su Artículo 35º dispone la delegación de funciones a los municipios, previa capacitación del organismo provincial de aplicación, para la verificación, sustanciación y tramitación de actuaciones por infracciones a la Ley 24.240. Quedando reservado a la autoridad provincial el dictado de la resolución definitiva y;
CONSIDERANDO:
Que el Estado Nacional a través de la Resolución Nro. 2/2014 dictada por el Secretario de Comercio, encomienda a la Subsecretaria de Comercio Interior de la Secretaria de Comercio del Ministerio de la Producción, la implementación, administración y supervisión del Programa “Precios Cuidados”, donde se le otorgan facultades para llevar a cabo las acciones necesarias para el fiel cumplimiento del programa.-
Que además se le confieren las siguientes atribuciones: 1) elaboración y aprobación de convenios y adendas para ser celebrados con las empresas de supermercados y las empresa proveedoras de productos de consumo masivos, 2) la renegociación de los términos de los acuerdos oportunamente adoptados con las empresas de supermercados y las empresas proveedoras de productos de consumo masivos y rubrica de convenios donde se plasmen nuevas condiciones previstas para cada participante del programa, 3) Coordinación con los gobiernos locales, la fiscalización conjunta del cumplimiento de las obligaciones asumidas por las empresas de supermercados y proveedoras de productos de consumo masivo en el marco del programa.-
Que mediante Resolución Nro. 525/2018 la Secretaria de Comercio, dependiente del Ministerio de la Producción de la Nación, modifica los alcances de la Resolución Nro. 2/2014, incorporando que el incumplimiento del Programa “Precios Cuidados” por parte de las empresas serán sancionados de conformidad con las previsiones de la Ley de Defensa del Consumidor.-
Que el estado Municipal debe tener una participación activa en defensa de los intereses de los consumidores, asegurando el abastecimiento de los productos a los consumidores y el cumplimiento de los precios, base de los convenios suscriptos entre las empresas y el estado nacional.-
Que es preciso garantizar a la población la provisión de los productos de la canasta básica.-
Que para el efectivo cumplimiento del “Programa Precios Cuidados” el Municipio debe articular medidas de control a través de la Oficina Municipal de Información al Consumidor y la Secretaria de Comercio de la Nación.-
Que además los vecinos del distrito deben tener una participación activa para garantizar el cumplimiento del Programa, creando vías de comunicación donde de forma ágil, simple y dinámica puedan manifestar el funcionamiento del Programa.-
Por lo expuesto:
El Honorable Concejo Deliberante de Arrecifes, aprueba por unanimidad, en general y en particular la siguiente:
ORDENANZA
Artículo 1º: El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (O.M.I.C.) y la Secretaría de Comercio de la Nación llevarán a cabo la fiscalización conjunta del cumplimiento de los acuerdos oportunamente asumidos por las empresas de supermercados y proveedoras de productos de consumo masivo en el marco del Programa Nacional “Precios Cuidados”.-
Artículo 2º: El Departamento Ejecutivo Municipal realizará modificaciones en la página Web del Municipio la que deberá contener la siguiente información:
Artículo 3º: El Departamento Ejecutivo Municipal habilitará una línea directa en la Oficina Municipal de Información al Consumidor, solamente para la recepción de denuncias de vecinos sobre el funcionamiento del “Programa de Precios Cuidados”, respecto de inconsistencias de precios y/o faltantes de productos, línea telefónica que deberán exhibir en forma visible las empresas adheridas al Programa en los lugares de accesos al comercio , la que contendrá la siguiente leyenda: “Consumidor ante el incumplimiento del Programa Precios Cuidados, podrá comunicar dicha circunstancia al (Número Telefónico)”
Artículo 4º: El Departamento Ejecutivo Municipal dará amplia difusión al listado de productos comprendidos por el “Programa de Precios Cuidados”, listado que deberá estar a disposición de los vecinos en las dependencias Municipales.-
Artículo 5º: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE ARRECIFES EN LA 16º SESIÓN ORDINARIA, CELEBRADA EL DIA CATORCE DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.-
Arrecifes, 15 de Noviembre de 2018.-
A SUS EFECTOS SE SUSCRIBEN EN EL LUGAR Y FECHA ANTES INDICADO, TRES EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR.-
Firmado:
FRANCISCO JOSE BOVEDA – Presidente
FABIAN CESAR REYNA – Secretario