Boletines/Bolivar
Decreto Nº 2125
Bolivar, 28/10/2016
Visto
El Convenio celebrado entre la Municipalidad de Bolívar y la Secretaria De Vivienda Y Hábitat dependiente del Ministerio Del Interior, Obras Públicas y Vivienda y;
Considerando
Que con fecha el pasado 13 de Julio de 2016, fue celebrado entre la Municipalidad de Bolívar y la Secretaria De Vivienda Y Hábitat dependiente del Ministerio Del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, un convenio para el financiamiento de la ejecución del proyecto integral de mejoramiento de hábitat;
Que el convenio fue celebrado en el marco del “PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE BARRIOS IV” (PROMEBA IV) implementado a partir del acuerdo celebrado entre la República Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) -Préstamo Nº 3458 OC-AR, aprobado por Decreto del Poder ejecutivo Nacional Nº 1466 de fecha 29 de julio de 2015;
Que el convenio suscripto tiene por objeto el mejoramiento del hábitat con infraestructura pública, privada, obras complementarias y mitigación en la ciudad de Bolívar;
Que para su efectiva implementación, es necesario crear una Unidad Ejecutora Municipal (U.E.M), conformada por un equipo interdisciplinario que garantice la correcta ejecución de las acciones previstas en el Convenio de Adhesión al Programa;
Que la Unidad Ejecutora Municipal, tendrá a su cargo el cumplimiento de las obligaciones previstas en el Convenio y las funciones y responsabilidades prescriptas en el reglamento operativo;
Que sin perjuicio de lo anterior, la Unidad Ejecutora Municipal, será responsable de los procedimientos de contratación de las obras, de la administración de los recursos necesarios para su ejecución y el posterior control de los trabajos y oportuna rendición de los fondos;
Que a tal fin, la Unidad Ejecutora Municipal estará presidida por el señor Intendente Municipal, Dr. Eduardo Luján Bucca e integrada por el Secretario de Control y Coordinación de Procesos de Gestión, Cr. Pedro Javier Erreca, Secretario de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte, Sr. Oscar Esteban Ibáñez, Directos de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Lic. Ezequiel Casartelli, Secretaria Legal y Técnica Dra. María Fernanda Colombo y Director de Obras Públicas, Tec. Lucas Ezcurra;
Que los restantes componentes de la Unidad Ejecutora Municipal, las áreas contables, apoyatura legal y administrativa, serán provistas por la estructura orgánica municipal;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 107 de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR
DECRETA
Decreta
Artículo 1º: Créase la UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL (UEM) con las funciones y responsabilidades previstas en el Convenio de Adhesión al Programa, celebrado el pasado 13 de julio de 2016 en el marco del “PROGRAMA DE MEJORAMIENTO DE BARRIOS IV” (PROMEBA IV), entre la Municipalidad de Bolívar y la Secretaria de Vivienda y Hábitat dependiente del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.
Artículo 2º: La Unidad Ejecutora Municipal estará integrada por:
Artículo 3º: Tomen conocimiento Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería, Secretaria de Control y Coordinación de Procesos de Gestión, Secretaria de Desarrollo Humano, Cultura y Deporte, Secretaria Legal y Técnica, Secretaria de Obras Públicas y Urbanismo y la Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable, a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Hacienda, con arreglo a lo dispuesto en el Decreto N° 687/14.
Artículo 5º: Comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.