Boletines/Dolores
Decreto Nº 522
Dolores, 23/04/2018
Visto
El presente expediente Nº 40342-76.533 “SECRETARIO DE SALUD-ELEVA CONTRATOS DE OBRA PLAN SUMAR AÑO 2.018”.-
Que obran agregados contratos de obra para desarrollar tareas administrativas en el marco del Plan SUMAR, conforme las formas y condiciones que fije la Secretaría de Salud del Municipio.-
Que por los motivos expuestos, corresponde aprobar los contratos de obra celebrados, por el período comprendido entre el 01 de abril al 30 de junio de 2.018.-
Que el gasto se tomará de la Cuenta Recursos Afectados: PLAN SUMAR-FF 132-Jurisdicción 1110104000-Categ. Prog. 01.00.00-Partida 3.4.9.0 Otros.-
POR ELLO, el Intendente Municipal en ejercicio de sus facultades legales;-
D E C R E T A
ARTICULO PRIMERO:- Aprobar los contratos celebrados para desarrollar tareas --------------------------------administrativas en el marco del Plan SUMAR, conforme las formas y condiciones que fije la Secretaría de Salud del Municipio, por el periodo comprendido entre el 01 de abril al 30 de junio de 2.018, que obran agregados al presente expediente Nº4032-76.533. Ello, en el marco del Convenio celebrado oportunamente entre el Ministerio de Salud de la Nación y la Municipalidad de Dolores.-
ARTICULO SEGUNDO:- Por Contaduría, con intervención de Tesorería, hágase ---------------------------------- efectivo a las personas que se detallan, los importes mensuales a saber: VERA, Gastón Omar-D.N.I 40.289.933-$11.500; MANGUDO, Juan Cruz-DNI 40.289.836-$ 11.500 y JUAREZ, Ángela Macarena-DNI 40.456.489-$ 11.500 y CARUGATTI, Edgardo-DNI 40.289.925-$11.500 quedando a cargo exclusivo de los mismos el cumplimiento de sus obligaciones impositivas y provisionales.-
ARTICULO TERCERO:- El gasto se tomará de la Cuenta Recursos Afectados: --------------------------------- PLAN SUMAR-FF 132-Jurisdicción 1110104000-Categ. Prog. 01.00.00-Partida 3.4.9.0 Otros.-
ARTICULO CUARTO:- Cúmplase, publíquese, regístrese. Pase a Contaduría -------------------------------- Oficina de Compras y Secretaría de Salud Municipal para su cocimiento y fines correspondientes. Cumplido todo trámite, RESERVESE.-