Boletines/Exaltación de la Cruz
Decreto Nº 1047
Exaltación de la Cruz, 12/11/2018
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, y el Expediente Administrativo Nº 4036-42876/18, iniciado por la Jefatura de Compras de la Municipalidad de Exaltación de la Cruz, por el cual se encuentra en trámite la Licitación Privada N°33/2018 y;
Considerando
Que por el citado Expediente Administrativo, mencionado en el Visto del presente, se tramita la Licitación Privada N°33/2018, destinado a la compra de alimentos para personas carenciadas, comedores comunitarios, Hospital San José y proyectos sociales;
Que se presentaron los sobres y se abrieron las propuestas, y de acuerdo a las mismas la Comisión de Análisis, aconseja adjudicar a las firmas SUPER COMERCIAL S.A., C.U.I.T. N°30-70748511-2 Y SUPERMERCADO LA ECONOMIA S.A., C.U.I.T. N°30-68242912-3, por ser las más convenientes;
Que en el Expediente mencionado obran las especificaciones técnicas de los elementos a adquirir;
Que en virtud de lo expuesto anteriormente, se hace necesario proceder al dictado del presente Acto Administrativo;
POR ELLO:
En uso de las atribuciones que son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE
EXALTACIÓN DE LA CRUZ
DECRETA
Artículo 1º |
Adjudicase la Licitación Privada N°33/2018, para la Provisión de alimentos a las firmas: SUPER COMERCIAL S.A., C.U.I.T. N°30-70748511-2, con domicilio legal en Casco y Ameghino de Capilla del Señor, por la suma de pesos Cuatrocientos Setenta y Siete Mil Doscientos Noventa y Siete con 20/100 ($477.297,20) y SUPERMERCADO LA ECONOMIA S.A., C.U.I.T. N°30-68242912-3, con domicilio legal en Tucumán 549 de la localidad de Pilar, por la suma de pesos Trescientos Setenta y Dos Mil Novecientos Veintiseis con 85/100 ($372.926,85). |
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Artículo 2º |
El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y Desarrollo Humano y Social.- |
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Artículo 3° |
Cúmplase, Comuníquese, Publíquese en el Boletín Oficial Municipal dése al Registro de Decretos y Archívese. |