Boletines/Exaltación de la Cruz

Ordenanza Nº2516/2018

Ordenanza Nº 2516/2018

Exaltación de la Cruz, 09/10/2018

Corresponde Expediente Nº 4036-557/18-HCD

 

            El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE EXALTACIÓN DE LA CRUZ,  en uso de las atribuciones que le son propias, sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°

Prohíbase el ingreso, al partido de Exaltación de la Cruz, de residuos sólidos urbanos, industriales, peligrosos y todo otro tipo de residuos,  así como los subproductos resultantes de su tratamiento, provenientes de otra jurisdicción.-

 

 

ARTÍCULO 2°

Prohíbase la instalación de plantas destinadas a la transferencia, selección, tratamiento, acondicionamiento, (termo) valorización, complejo ambiental o relleno sanitario que tengan como objeto el procesamiento o disposición final de residuos y cualquier otro subproducto resultante de su tratamiento provenientes de otra jurisdicción.-

 

 

ARTÍCULO 3°

El organismo de mayor jerarquía con competencia ambiental que determine el Poder Ejecutivo Municipal será la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.-

 

 

ARTÍCULO 4°

Sustituyese el artículo 194º de la Ordenanza 12/89, Contravencional Municipal, el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 194º: Por ingresar al partido residuos sólidos urbanos, industriales, peligrosos y todo otro tipo de residuos así como los

 

subproductos resultantes de su tratamiento cualquiera sea su destino, provenientes de otra jurisdicción o efectuar la disposición final de residuos por medios no autorizados; se sancionara con multa de diez (10) a cien (100) SMAM. Para la graduación de la sanción se tendrá en cuenta la magnitud del daño o el peligro ambiental ocasionado y el carácter de reincidente.-

 

 

ARTÍCULO 5°

Comuníquese en un plazo no mayor de 30 días desde la sanción de la presente Ordenanza al Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) el contenido de la misma.-

 

 

ARTÍCULO 6°

De forma.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del partido de Exaltación de la Cruz, en la ciudad de Capilla del Señor, Provincia de Buenos Aires, a los nueve días del mes de octubre de dos mil dieciocho.-