Boletines/General San Martín

Decreto Nº2460/18

Decreto Nº 2460/18

General San Martín, 28/12/2018

Visto

El Decreto Nº 431/18 modificado por Decreto N° 981/18, 1742/18 y 2113/18,que establece un Régimen de Regularización de Deudas para los contribuyentes y responsables de todos  los tributos municipales sobre la deuda vencida que se encuentren en proceso de ejecución judicial y;

Considerando

Que, el Artículo 1º  del Decreto N° 2113/18 modificatorio del Decreto N° 431/18, fija como fecha de vencimiento el día 11/01/19 para que los contribuyentes se acojan al plan de regularización  de deudas y facilidades de pago, para el pago de la modalidad contado y compromisos de pago en cuotas por la Tasa de Alumbrado, Limpieza y Servicios Municipales Indirectos (Capítulo I); Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene (Capítulo IV);  Derecho de Publicidad y Propaganda (Capítulo V);  Derecho de  Ocupación de Espacios Públicos(Capitulo IX); Derecho a los Espectáculos Públicos, Deportivos, Recreativos y de Esparcimiento (Capitulo X); Tasa por Servicios Especiales de  Limpieza e Higiene (Capítulo II); Tasa por Inspección de Estructuras Soporte de Antenas y Equipos Complementarios de Telecomunicaciones Móviles (Capítulo VI); y para el Impuesto a los Automotores.

Que, ante la inmediatez de la fecha de dicho vencimiento, se hace necesario el dictado del presente acto administrativo a fin de posibilitar a los contribuyentes el acabado cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

Que, la postergación de dicho vencimiento redunda en beneficio del erario municipal en tanto que posibilitará el cumplimiento.

Que por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL SAN MARTIN, en uso de las atribuciones que le son propias;

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Prorróguese el vencimiento fijado en el Art. 1º del Decreto Nº 2113/18 modificatorio del Decreto N° 431/18, para los contribuyentes y responsables de todos los tributos municipales, cualquiera haya sido su fecha de devengamiento, correspondientes a las distintas tasas y derechos municipales, sus anticipos, accesorios y cualquier sanción por las infracciones relacionadas con los conceptos indicados, que se encuentren en instancia de ejecución judicial y se acojan al plan de regularización  de deudas y  facilidades de pago, para el pago de la modalidad contado y compromisos de pago en cuotas, el que queda fijado  para el  día 29 de marzo de 2019.

ARTICULO 2°: Modifíquese el art. 9° del Decreto 431/18 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 9º: El importe de las cuotas de los planes de pago no podrá ser inferior a un cuarto (1/4) del monto que deba tributar mensualmente por la tasa que se comprometa en el plan de regularización de deudas y facilidades de pago y nunca inferior a pesos cien ($100) mensuales.”

ARTICULO 3°: Modifíquese el art. 17° del Decreto 431/18 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 17º: La falta de pago de dos cuotas , consecutivas o alternadas, incluidas el anticipo al vencimiento de la cuota siguiente o la falta de pago de alguna cuota o anticipo al cumplirse noventa (90) días corridos del vencimiento de la última cuota del plan, importara la caducidad del plan de regularización de deudas y facilidades de pago, produciéndose la mora de pleno derecho y siendo en consecuencia exigible el total de la deuda con todos los recargos, multas e intereses eximidos. Lo abonado se imputara a la deuda de mayor antigüedad.”

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Economía y Hacienda.

ARTICULO 5º: Dese al Registro y Boletín Municipal. Pase a conocimiento e intervención de la Secretaría de Economía y Hacienda (Subsecretaría de Ingresos Municipales- Dirección de Recaudación y Servicios-, Dirección de Tecnologías de la Información) y  de todas las áreas recaudadoras.