Boletines/Suipacha
Decreto Nº 49/2019
Suipacha, 08/01/2019
Visto
La visita a nuestra ciudad que realizará el día 17 de Enero de 2019, el Lic. Gabriel Sánchez Zinny, Ministro de Educación de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Que se trata de un hecho trascendente para la población del Partido de Suipacha, y de su zona de influencia;
Que será recibido en el Palacio Municipal por el titular del Departamento Ejecutivo, Autoridades Municipales, Concejales, Consejeras Escolares, Representantes de Entidades e Instituciones Intermedias y público en general que han sido especialmente invitados a este importante acontecimiento;
Que tan significativa presencia en nuestra ciudad se debe al recorrido que se realizará por el Gimnasio Municipal y las Instituciones Educativas de nuestro partido y constituye un
motivo de orgullo, no solo para este Departamento Ejecutivo sino para la comunidad en general, por ello, el suscripto,
Intendente Municipal Interino del Partido,
En uso de sus atribuciones decreta
Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal la presencia en nuestra ciudad el día 17 de Enero de 2019, del Lic. Gabriel Sánchez Zinny, Ministro de Educación de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 2º: Declárase HUÉSPED DE HONOR al Lic. Gabriel Sánchez Zinny, Ministro de Educación de la Provincia de Buenos Aires, durante el lapso que dure su permanencia en nuestro Partido.
Artículo 3º: Hágase llegar copia del presente al Lic. Gabriel Sánchez Zinny, Ministro de Educación de la Provincia de Buenos Aires.
Artículo 4º: Autorízase a la Contaduría Municipal a realizar los gastos que surjan con motivo de la implementación citada en el Artículo 1º.
Artículo 5º: El gasto que demande lo establecido en el Artículo 1° se imputará a la siguiente partida:
1000000000 – Sector Público Municipal No Financiero
1100000000 – Administración Municipal
1110000000 – Administración Central
1110100000 - Departamento Ejecutivo
1110113000 – Secretaría de Cultura y Educación
01- Coordinación y Gestión de la Secretaria de Cultura y Educación
Artículo 6º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Secretaria de Gobierno y Control de Gestión.
Artículo 7º: Comuníquese, cúmplase, dése al Registro Oficial de Decretos y archívese.