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Decreto Nº1958-18

Decreto Nº 1958-18

Lobería, 28/12/2018

DISPONESE LA TRANSFERENCIA

Visto

Lo dispuesto por los artículos 107, 108, 119, 120 y 121 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, el artículo 24 Primer Párrafo del Decreto Provincial 2980/00, la Ordenanza N.º 2155/17, y

Considerando

Que, de acuerdo a las disposiciones citadas en el exordio del presente, es facultad del Departamento Ejecutivo Municipal realizar aquellas transferencias de créditos autorizados, con carácter general, conforme al artículo 119 y 120 de la Ley Orgánica de las Municipalidades);

Que, tal como se expresa anteriormente, existiendo economías en varias partidas del Presupuesto de Gastos y, simultáneamente, excesos en otras del actual ejercicio financiero, resulta conveniente proceder a las transferencias de créditos previstas y permitidas por la legislación vigente;  

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERIA, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, dicta el siguiente:

D E C R E T O

ARTICULO 1º DISPONESE LA TRANSFERENCIA DE CREDITOS PRESUPUESTARIOS  F.F. 133 del Presupuesto de Gastos del Ejercicio 2.018 –Anexo I de la Ordenanza N.º 2155/17, por un monto de Pesos DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON NUEVE CENTAVOS ($ 2.154.193,09.-) de acuerdo a las DEDUCCIONES y AMPLIACIONES de las siguientes partidas:

 

Apertura Programática

Jurisdicción

Deducciones

Ampliaciones

 

1110101000 - Unidad Intendente

   

01.07.00 - Emergencia Climática

   
 

2.5.6.0 - Combustibles y lubricantes

 

460,00

 

2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica

 

12.000,00

 

2.6.2.0 - Productos de vidrio

 

400,00

 

2.7.1.0 - Productos ferrosos

 

3.600,00

 

2.7.5.0 - Herramientas menores

 

650,00

 

2.9.6.0 - Repuestos y accesorios

 

4.560,00

 

3.7.2.0 - Viáticos y Movilidad

 

1.308,75

 

4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores

 

16.750,00

 

5.2.1.0 - Transferencias a personas

39.728,75

 
       

16.01.00 - Oficina de Producción

   
 

2.3.1.0 - Papel de escritorio y cartón

414,00

 
 

2.3.2.0 - Papel para computación

40,00

 
 

2.9.2.0 - Útiles de escritorio, oficina y enseñanza

 

607,06

 

2.9.6.0 - Repuestos y accesorios

22,00

 
 

3.7.2.0 - Viáticos y Movilidad

131,06

 
       

16.81.02 - Hábitat Piloto

   
 

2.1.4.0 - Productos agroforestales

77.851,89

 
 

2.3.4.0 - Productos de papel y cartón

72,00

 
 

2.5.1.0 - Compuestos químicos

 

7.000,00

 

2.5.5.0 - Tintas, pinturas y colorantes

 

118.636,85

 

2.6.1.0 - Productos de arcilla y cerámica

 

4.500,00

 

2.6.4.0 - Productos de cemento, asbesto y yeso

 

2.340,00

 

2.6.5.0 - Cemento, cal y yeso

 

270.016,15

 

2.7.1.0 - Productos ferrosos

292.750,60

 
 

2.7.5.0 - Herramientas menores

 

8,21

 

2.7.9.0 - Otros

 

6.120,00

 

2.8.4.0 - Piedra, arcilla y arena

147.161,50

 
 

2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos

 

58.620,19

 

2.9.6.0 - Repuestos y accesorios

280,00

 
 

3.2.2.0 - Alquiler de maquinaria, equipo y medios de transporte

500.000,00

 
 

3.3.1.0 - Mantenimiento y reparación de edificios y locales

38.500,00

 
 

3.3.9.0 - Otros

3.800,00

 
 

3.4.9.0 - Otros

432.600,00

 
 

4.3.4.0 - Equipo de comunicación y señalamiento

475.610,64

 
 

4.3.5.0 - Equipo educacional y recreativo

 

20.600,00

 

4.3.9.0 - Equipos varios

 

100.067,00

 

5.1.8.0 - Transferencias a cooperativas

 

1.380.718,23

       
 

Jurisdicción: 1110104000 - Secretaria de Infraest., Obras y Servicios Púb.

   

27.71.00 - Construcción 90 Viviendas "Techo Digno"

   
 

4.3.8.0 - Herramientas y repuestos mayores

 

22.660,00

 

5.2.1.0 - Transferencias a personas

22.660,00

 
       
       

37.57.00 - Panta de Tratamiento de Residuos Sólidos 1er Etapa

   
 

2.3.3.0 - Productos de artes gráficas

 

11.500,00

 

2.5.8.0 - Productos de material plástico

 

120,00

 

2.7.1.0 - Productos ferrosos

 

35.297,65

 

2.7.4.0 - Estructuras metálicas acabadas

 

19.980,00

 

2.7.9.0 - Otros

 

48.386,00

 

2.9.3.0 - Útiles y materiales eléctricos

 

3.097,00

 

3.3.9.0 - Otros

 

4.190,00

 

3.4.9.0 - Otros

122.570,65

 

 

ARTICULO 2º Tomen conocimiento Secretaría de Economía y Hacienda, Contaduría, Tesorería,   Delegación de San Manuel y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido, ARCHIVESE.

 

 MARIO ALBERTO TERUGGI                                  JUAN JOSE FIORAMONTI

SECRETARIO DE GOBIERNO                                  INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO N.º 1958/18