Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3951/2018
San Andrés de Giles, 21/12/2018
Visto
Lo actuado en el expediente Nº 4101-1504-0- 2018 referido a la posibilidad de depositar fondos a plazo fijo en el Banco de la Provincia de Buenos Aires; y
Considerando
Que dicha institución bancaria ofrece a las Municipalidades de la Provincia una tasa preferencial en los depósitos a plazo fijo;
Que la Ley Provincial Nº 13.164, en su artículo 2º, establece que “Los Municipios podrán acordar con el Banco de la Provincia de Buenos Aires la realización de operaciones de colocación de dinero a plazo, bajo las condiciones y tasas que fijen de común acuerdo”;
Que, al respecto, según consta en el citado expediente, oportunamente emitieron opinión el Sr. Contador Municipal y la señorita Asesora Letrada , considerando viable la operatoria;
Que constituye una decisión de este Departamento Ejecutivo impulsar la colocación de fondos municipales en el Banco de la Provincia de Buenos Aires a plazo fijo, por ser una herramienta de administración legalmente admitida y por generar la misma un beneficio financiero de significación;
Que durante el ejercicio mediante acto administrativo emanado del Departamento Ejecutivo, se autorizo a las áreas competentes de la Municipalidad a la colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de rentas ordinarias, por un monto de pesos diez millones ($ 10.000.000.-) a plazo fijo por treinta días, a la tasa preferencial ofrecida por la entidad bancaria.
Que se consideró de gran utilidad para la Comuna la utilización de un mecanismo apto para generar importantes recursos con destino a la atención de las necesidades de la comunidad.
Que, cumplido tal objeto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo con el objeto de disponer la no renovación de la imposición originalmente dispuesta mediante Decreto Nº 3280 dictado por el Departamento Ejecutivo el día 26 de octubre de 2018.
Por ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, el Intendente Municipal
D E C R E T A
Artículo 1º: Dispónese la no renovación de la colocación en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, de fondos provenientes de rentas ordinarias por un monto de pesos diez millones ($ 10.000.000,-) a plazo fijo por treinta (30) días, a la tasa preferencial ofrecida por la referida entidad bancaria y la restitución del mismo a la cuenta corriente bancaria Nº 10094/6 del Banco de la Provincia de Buenos Aires sucursal 7193 San A. de Giles Cuenta Contable 111220100.
Artículo 2º: Los recursos obtenidos en concepto de intereses hasta la fecha del presente acto administrativo, ingresarán –según los Clasificadores Presupuestarios por Recursos por Rubro previstos por aplicación del Decreto Provincial Nº 2980/00, reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires- por la Cuenta Origen y Procedencia 11 - Origen Municipal de Libre Disponibilidad, Jurisdicción 1110100000 – Departamento Ejecutivo, Subjurisdicción 1110101000 – Conducción Superior, Rubro: Tipo 16 – Rentas de la Propiedad, Clase 2 – Intereses por Depósitos, Concepto 01 – Intereses por Depósitos Internos, Subconcepto 01 – Régimen Intereses – Ley 13.164, del Cálculo de Recursos vigente,-
Artículo 3º: A través del presente acto administrativo, la Secretaría de Coordinación, Planeamiento y Control de Gestión ,la Contaduría, la Tesorería Municipal, y los funcionarios que –en razón de sus cargos- deban intervenir en dicha operatoria, quedan facultados a realizar las tramitaciones, registraciones y actuaciones que resultaren pertinentes y a suscribir la documentación necesaria para su cancelación
Artículo 4º: Regístrese, notifíquese a las áreas intervinientes y dese a conocimiento de quienes corresponda. Cumplido archívese.