Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 90/2017
San Andrés de Giles, 17/01/2017
Visto
El contrato de locación de obra celebrado entre la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Dr. Sergio Mario Meniy ; y
Considerando
Que dicho instrumento contractual, tiene por objeto la realización por parte del profesional de guardias médicas en el Area de Pediatría en el Hospital Municipal San Andrés, en virtud de su especialización .
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente, a fin de convalidar el contrato suscripto.
Por ello, el Intendente Municipal en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Convalídase el contrato de locación de obra , celebrado la Municipalidad de San Andrés de Giles y el Dr. Sergio Mario Meniy que tiene por objeto la realización de guardias médicas por parte del citado profesional, en el Área de Pediatría del Hospital Municipal San Andrés, en virtud su especialidad.
ARTICULO 2º: Los gastos que demande a la Municipalidad el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el contrato que por el presente acto se convalida, deberán imputarse en la siguiente partida
Jurisdicción 1110100000: Departamento Ejecutivo
Subjurisdicción: 1110107000: Secretaria de Salud
Categoría Programática 70 - Prestación de Servicios en el Hospital Municipal San Andrés
Actividad 01 - Servicios de Salud en el Hospital Municipal
Inciso 3- Servicios no personales
P.Principal 4 - Servicios Técnicos y Profesionales
Partida Parcial 2- Médicos y Sanitarios.
.
ARTICULO 3º: Comuníquese a la Profesional, al Departamento Contable, a la Administración del Hospital Municipal San Andrés, regístrese y archívese.
CONTRATO
El presente Contrato se suscribe en la ciudad de San Andrés de Giles, el día 2 de enero de 2017 entre : La Municipalidad de San Andrés de Giles representada en este acto por el CPN Carlos Javier Puglelli (D.N.I.Nº 24.795.966) por con domicilio en calle Moreno Nro. 338 de la ciudad de San Andrés de Giles , partido del mismo nombre en adelante denominada LA MUNICIPALIDAD por una parte y por la otra el Dr. Sergio Mario Meniy 13.986.355 CUIT N° 20-13986355-1 Responsable Monotributo, Matrícula Nacional Nº 72.441 Matrícula Provincial 37.847 quien fija su domicilio en calle 17 Nº 862 de la ciudad de Mercedes provincia de Buenos Aires en adelante denominado EL MEDICO, conjuntamente denominadas "las partes" o individualmente como "parte" y , teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
h) Que EL MEDICO se halla en condiciones de brindar dicha prestación según el informe de la señora Directora del Hospital Municipal San Andrés
En virtud de lo expresado, las partes ACUERDAN:
PRIMERO: La Municipalidad contrata a El MEDICO siendo la vigencia de este instrumento desde el 1 de enero de 2017 hasta el día 31 inclusive del mes de enero de 2017.
SEGUNDO: El objeto del contrato es para que "EL MEDICO " brinde guardias profesionales en el Área de Pediatría del Hospital Municipal San Andrés .
TERCERO: Como contraprestación a la tarea brindada por El Médico, la Municipalidad se compromete a pagarle, por cada guardia de 24 horas ininterrumpidas efectivamente realizada de lunes a viernes la suma de pesos cuatro mil quinientos ($4.500) y por cada guardia efectivamente realizada en días sábados, domingos y feriados, la suma de pesos cinco mil doscientos ($5.200). En reconocimiento a la Jerarquización Profesional de El Médico, se incrementará el valor de cada guardia efectivamente realizada en pesos quinientos ($ 500.-). La facturación se hará mes vencido y el pago deberá estar disponible dentro de los 10 días corridos desde la fecha de la presentación de la factura. Es condición indispensable para la percepción de la bonificación por reconocimiento a la Jerarquización Profesional, la presentación por parte de El Médico en la Contaduría Municipal ,debidamente actualizado, del título que acredite poseer la especialización.
CUARTO. Las partes pueden resolver el presente convenio, para lo cual, deberán preavisar en forma fehaciente a la parte contraria, en el plazo que fija la ley.
QUINTO: El Médico asume por su propia cuenta todas las consecuencias de cualquier índole o naturaleza que pudieran derivarse del trabajo a su cargo, fueren accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, o daños a sus bienes, como asimismo daños o perjuicios a terceros, a cuyo efecto declara contar con las coberturas legales exigibles. En tal sentido se hace constar de manera expresa que El MEDICO cuenta con seguro contra mala praxis, eximiendo a LA MUNICIPALIDAD de toda responsabilidad en caso de configurarse tal situación en un acto médico a su cargo. Asimismo, El Médico asume por si el cumplimiento de todas las obligaciones previsionales, fiscales o de otro carácter que pudieran alcanzar su actividad, quedando LA MUNICIPALIDAD exenta de toda obligación al respecto.
SEXTO: La supervisión y control de las tareas a realizar por El Médico será ejercida por la Directora del Hospital Municipal "San Andrés" quién mensualmente deberá informar a modo de certificación las prestaciones efectivamente realizadas, a fin de liquidar el correspondiente pago.-
SEPTIMO: Para todos los efectos legales o judiciales que puedan surgir del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de Mercedes renunciando a todo otro fuero o jurisdicción que puedan corresponderle y fijan a tal efecto sus domicilios especiales en los enunciados ut supra donde serán válidas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se practiquen. –
De conformidad se firman tres ejemplares originales de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha mencionados supra.-
Dr. Sergio Mario Meniy