Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 68/19
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 15/02/2019
Visto lo solicitado a foja 1 de las presentes actuaciones, por Norberto Osvaldo Alonso, DNI 11.019.295, presidente de la “SOCIEDAD DE FOMENTO Y CULTURA DEL BARRIO BOULEVARD JUAN B. JUSTO”, en cuya sede funciona la Unidad Sanitaria Boulevard Juan B. Justo, solicitando el otorgamiento de un subsidio para el pago de los servicios de luz y agua.
Considerando que es de suma necesidad y urgencia mantener estos servicios esenciales, a fin de dar continuidad a las prestaciones de Salud que allí se realizan.
Que de fojas Nº 5 a fojas Nº 11, se adjunta la documentación correspondiente a la entidad.
Teniendo en cuenta la imputación de la Subdirección de presupuesto y Planificación y Contaduría General a fojas Nº 12 vuelta, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
R E S U E L V E
PRIMERO: Otórgase un subsidio a la “SOCIEDAD DE FOMENTO Y CULTURA DEL BARRIO BOULEVARD JUAN B. JUSTO”, CUIT Nº 30-70761430-3, por la suma de $ 5.030,00 (pesos cinco mil treinta), destinados a afrontar los gastos de los servicios esenciales de luz y agua.
SEGUNDO: Autorízase a Contaduría General a abonar a la “SOCIEDAD DE FOMENTO Y CULTURA DEL BARRIO BOULEVARD JUAN B. JUSTO” el monto indicado en el artículo Primero.
TERCERO: La entidad recurrente deberá efectuar la correspondiente rendición de cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos de lo establecido en los Artículos 131º y 132º del Reglamento de Contabilidad.
CUARTO: El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Cat. Prog. 01.01.00 Gasto 5.1.7.0 del presupuesto de gastos vigente.
QUINTO: Refrende la presente el Secretario de Gobierno.
SEXTO: Cúmplase, notifíquese a la entidad recurrente mediante entrega de copia certificada de la presente, tomen nota Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería, dése al R.O. y ARCHIVESE.