Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº34/19

Resolución Nº 34/19

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 16/01/2019

Visto lo solicitado por la Secretaría de Gobierno a fs. 16 y 16 vta. respecto a la continuidad en el cargo como Jefa de División de la División Mesa de Entrada y Archivo por parte de la agente Claudia Marcela Cinti, legajo 14.931 con el objeto de mantener la opertatividad del servicio que se presta desde dicha dependencia; y considerando lo informado por la Subdirección de Capital Humano y la imputación efectuada por la Subdirección de Presupuesto y Planificación y por Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
-RESUELVE-

ARTÍCULO 1°)- Encomendar a la agente Claudia Marcela CINTI, legajo 14.931, la función de Jefa de División de la División Mesa de Entrada y Archivo, a partir del día 1° de enero y hasta el 30 de junio de 2019, pudiéndose alterar dicho plazo en caso de que se resuelva por otra vía esta situación o que se decida efectuar un llamado a concurso para cubrir el mencionado cargo.-
ARTÍCULO 2°)- Abonar a la agente Claudia Marcela CINTI, legajo 14.931, la diferencia entre su categoría de revista 05/4B y el cargo que cubre 02/3B, en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el Artículo 25° del Convenio Colectivo de Trabajo, con una jornada horaria de cuarenta y cuatro (44) horas semanales, otorgándole la Bonificación Remunerativa por Función Jerárquica, dispuesta en el artículo 6° del Decreto N° 1400/2009, a partir del día 1° de enero y hasta el 30 de junio de 2019, pudiéndose alterar dicho plazo en caso de que se resuelva por otra vía esta situación o que se decida efectuar un llamado a concurso para cubrir el mencionado cargo.-
ARTÍCULO 3°)- Hágase saber que si durante el período en el cual la agente que tiene encomendada la función mencionada en el Artículo 1°) hace uso de licencia alguna y lo sucede en reemplazo por ese período otro agente, la Sra. Cinti dejará de percibir la diferencia de categoría hasta tanto dure su ausencia y se le deberá pagar la diferencia de cargo y de bonificación al agente reemplazante.-
ARTÍCULO 4°)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01.00, Gasto 1.1.3.3 y 1.1.3.7.-
ARTICULO 5°)- Cúmplase, notifíquese, tome nota el Dpto. Administración del Personal, Dpto. Recursos Humanos, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Contaduría General; dése al R.O. y RESERVESE.-