Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº18/19

Resolución Nº 18/19

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/01/2019


Ref. Expediente N° 0-3057-2018.-

BAHIA BLANCA, 10 de enero de 2019.-

Visto las presentes actuaciones referidas al Plan de Evacuación y Simulacro del Taller de Estimulación Temprana y Recreación sito en calle Parera 1372 de esta ciudad de esta ciudad; y Considerando:

 Que se encuentra en vigencia la Ordenanza N° 14.219, la cual en su Artículo 1°) dispone: “Créase en el Partido de Bahía Blanca, el “Plan de Evacuación y Simulacro” para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión o cualquier otra situación de la que surja la necesidad de desalojar las instalaciones...”;

Que además en su Artículo 2°) estipula que el Plan deberá ser de aplicación obligatoria en todos aquellos inmuebles con atención y concentración masiva de público, debiéndose adecuar el mismo a las características propias del espacio, su destino y de las personas que lo utilicen;

Que asimismo también deberá contemplarse la realización de simulacros, al menos, dos veces al año a fin de optimizar y socializar las medidas de seguridad necesarias;

Que por lo expuesto y teniendo en cuenta el informe de la Dirección de Defensa Civil obrante a fs.23; el SECRETARIO DE GOBIERNO, en uso de las facultades que le confiere el Artículo 182º de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º) Aprobar el Plan de Evacuación y Simulacro del Taller de Estimulación Temprana y ___________ Recreación sito en calle Parera 1372 de esta ciudad de esta ciudad, por el período de un (1) año a partir del día de notificación del recurrente, siempre que la estructura edilicia y sus condiciones de seguridad no sufran modificaciones.-

ARTÍCULO 2º)- Hágase saber a la casita de fiestas mencionada en el Artículo precedente, que en ____________ caso de introducirse modificaciones en la estructura edilicia que provoquen que varíen las condiciones de seguridad existentes, deberá comunicar a la Dirección de Defensa Civil dentro de los treinta (30) días de producidas las mismas.

 

ARTÍCULO 3º)- Déjase constancia que deberá coordinarse con la Dirección de Defensa Civil la ____________realización por parte del recurrente de los simulacros respectivos; debiéndose anexar a las presentes actuaciones el informe técnico correspondiente a su realización.-

ARTÍCULO 4º)- Cúmplase, notifíquese al recurrente, tome nota Departamento Habilitaciones,

 ___________dése al R.O. y Resérvese en la Dirección de Defensa Civil.-