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Ordenanza Nº6091/19

Ordenanza Nº 6091/19

Moreno, 19/02/2019

VISTO el aumento de situaciones de violencia de genero y femicidios en la Provincia de Buenos Aires, en todo el territorio Nacional y en especial en nuestro Distrito; y

CONSIDERANDO el reclamo del movimiento de mujeres a nivel nacional y de las Diputadas Nacionales  de la Declaración del Sistema de Promoción y Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres por el término de 36 meses en todo el territorio del País.

QUE a nivel Nacional en materia de legislación, existe un avance importante además de la Ley N° 26.485 de PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS AMBITOS EN QUE DESARROLLEN SUS RELACIONES INTERPERSONALES de 2009, como la reforma del Código Penal de la Nación en 2012 mediante Ley  Nº 26.791 donde se incorporan los DELITOS DE GENERO incluyendo el FEMICIDIO, Ley Nº 27.210 creación de cuerpo de abogados y abogadas para víctimas de violencia de genero de 2015, Plan Nacional de Acción para la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra las mujeres 2017 – 2019,

PARIDAD DE GENERO en los ámbitos de representación Ley Nº 27.412 reforma del Código Electoral Nacional. LEY N° 27234 ‘Educar en Igualdad: Prevención y Erradicación de la Violencia de Género’, la Ley Nº 14.893, que establece la “Licencia para Mujeres Víctimas de Violencia” destinada a todas las trabajadoras de la Administración Pública o sociedades de economía mixta con participación estatal mayoritaria, de la Provincia de Buenos Aires. Ley Brisa (Ley Nº 27.452, Decreto Reglamentario 871/2018 Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) y Ley Micaela (Ley Nº 27.499).                                    ,                                                                          
Asimismo, existen las siguientes normativas que amplían y contemplan derechos, garantías y libertades en materia de género: Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, Ley de Parto Humanizado, Guía de atención Post-aborto. Ley N° 26.150 - Programa Nacional de Educación Sexual Integral, Decreto Nacional  N° 254/98 - Plan para la Igualdad de oportunidades entre varones y mujeres en el mundo laboral, Decreto N° 936/2011 - Protección Integral a las mujeres, fallo de la CSJN “Fal” sobre aborto no punible , Ley Nacional N° 25.087 - Delitos contra la integridad sexual, Ley Nacional N° 25.273 - Creación de un Sistema de inasistencias justificadas por razones de gravidez, Ley N° 26.618 - Matrimonio Igualitario, Ley  N° 26.743 - Ley de Identidad de Género, Ley Nacional N° 25.584 - Prohibición en Establecimientos de Educación Pública de acciones que impidan el inicio o continuidad del ciclo escolar a alumnas embarazadas, Régimen Especial de contrato de trabajo para el personal de casas particulares.                                                      :

QUE a pesar de la lucha de las organizaciones sociales locales para erradicar la violencia de Género y el trabajo incansable de los movimientos de mujeres para tal fin, de los esfuerzos de la actual gestión municipal de implementar nuevos dispositivos desde las áreas afectadas a la violencia de genero y familiar, la labor difusión de actividades,  de sensibilización y concientización de los medios de comunicación tanto nacionales como locales; la violencia de genero no deja de ser una de las problemáticas que mas afecta a la población de mujeres, y un problema social que no deja de crecer.

QUE los únicos datos oficiales que tenemos son a través de las reuniones de la Mesa Distrital de Genero, que en  Octubre de 2018 se informó sobre denuncias a la UFI Nº 5 más de 3000 que tienen que ver con amenazas y lesiones agravadas en un contexto de violencia de género o violencia familiar, superando el 15% con respecto al 2017, aproximadamente entre 900 a 1000 denuncias mensuales en la comisaria de la mujer y la familia, y más de 60 denuncias diarias que ingresan en los juzgados de  familia.

QUE una de las razones vitales del proyecto de Observatorio de Equidad de Género Municipal aprobado en 2018 por este Honorable Concejo Deliberante, fue justamente la falta de datos oficiales, por eso es que desde la Comisión Especial de Genero se trabajó fuertemente en su redacción, para tomar dimensión de la realidad que nos aqueja en materia de violencia y femicidios, y la labor de prevención tan necesaria para erradicar estos flagelos.

QUE seguimos trabajando en implementar nuevas políticas publicas en materia de género, por eso en este Honorable Cuerpo se aprobaron resoluciones, comunicaciones y ordenanzas con perspectiva de género, y una de las mas importantes fue el Protocolo de Actuación para prevención, sanción, erradicación y capacitación de situaciones de violencia de género y discriminación por identidad de género u orientación sexual en el ámbito laboral municipal. Este ultimo elaborado desde la Comisión Especial de Genero y Diversidad en coordinación con organizaciones sociales feministas, organizaciones estatales, áreas municipales de incumbencia y Departamento Ejecutivo.

QUE hace pocos días, se informó a la Mesa Distrital que finalmente se firmó el contrato de alquiler para las nuevas instalaciones de la Comisaria de la Mujer y la Familia, que tan preocupada tenia a toda la comunidad, al movimiento de mujeres y a las ediles, ya que es indispensable en la ruta critica su función.

QUE pese a todo lo antes mencionado, no bajan las denuncias sino por el contrario, gracias a la difusión por medios de comunicación y de redes sociales sobre abusos sexuales y violencia física y/o psicológica, el nivel de exposición de las mujeres en situación de violencia hace un efecto espejo, que muchas de ellas toman la decisión con valentía de realizar las denuncias, situación que desborda comisarias y juzgados.

QUE en cuanto a medidas de protección, en una encuesta en la vía publica reciente del Observatorio de Violencia de Género “Daiana Barrionuevo”, de las mujeres que dijeron haber sido o ser en la actualidad víctima de violencia, aproximadamente solo el 27 % sigue todo el recorrido de la ruta crítica, el 48% no hizo la denuncia, y solo el 25% obtuvo medidas de expulsión del hogar o restricción perimetral.

QUE con respecto al BOTON DE PANICO, anunciado y presentado en varias oportunidades por el Departamento Ejecutivo, tuvo dificultades durante el 2018 para su implementación, que oficialmente no se sabe detalles, pero a la Comisión Especial de Genero y Diversidad llego el dato de dos botones destinado para dos mujeres del Distrito, que es un número insuficiente para la cantidad de mujeres que lo necesitan de acuerdo a las denuncias por violencia de genero y violencia familiar que ingresan por día a los juzgados de familia del Departamento Judicial Moreno-Gral. Rodríguez.

POR TODO ELLO,  el Honorable Concejo Deliberante de Moreno en uso de sus atribuciones legales, sanciona la siguiente: 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Declárase la Emergencia Pública en Materia de Violencia de Género en el ámbito del Distrito de Moreno, por el termino de 24 meses, a los efectos de optimizar todos los recursos municipales necesarios para el correcto y eficaz funcionamiento de las áreas y programas municipales de atención, acompañamiento y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia, que diseñan y ejecutan políticas y acciones tendientes a garantizar la prevención, asistencia y erradicación de la violencia contra las Mujeres.-

ARTÍCULO 2°: Facúltase al Departamento Ejecutivo a reasignar las partidas presupuestarias necesarias a los efectos de aumentar, profundizar, articular e implementar las tareas de prevención, concientización, sensibilización y acciones positivas necesarias para afrontar la emergencia que se declara por la presente, las que tendrán como finalidad la prevención y abordaje de la violencia contra las mujeres.-

ARTÍCULO 3°: El Departamento Ejecutivo, a través de las áreas competentes, adoptará y dictará las medidas necesarias y urgentes para la implementación de la presente Ordenanza.   

ARTÍCULO 4°: Créase la Comisión Permanente de Asesoramiento y de Seguimiento Vinculante de la Emergencia Pública en materia de Violencia de Género, encargada de velar por el correcto funcionamiento de las Leyes Nacionales, Provinciales y Ordenanzas vigentes sobre violencia de género.

  1. Dicha Comisión deberá estar conformada por 2 integrantes de la Comisión Especial de Género y Diversidad del Honorable Concejo Deliberante, máximo 3 (si fuera necesario representar  cada fuerza política); 2 integrantes de la Mesa Distrital de Genero; 1 representante del Observatorio de Equidad de Género Municipal; 1 representante de cada área de Genero del Municipio ; 1 representante del Organismo Provincial de incumbencia; 1 representante del Defensor del Pueblo de la Provincia; 1 representante por cada Colegio de Profesionales de las siguientes disciplinas: Abogacía, Trabajo Social y otros afines radicados en el Distrito; 2 representantes de cada OSCs y/o asociaciones civiles que aborden la temática inscripta en el listado que haya de relevar la Mesa Distrital; 2 representantes de organizaciones que nucleen a familiares y víctimas de violencia de género si existieran.
  2. El Departamento Ejecutivo a través de las áreas correspondientes, remitirá los informes detallados que requiera esta Comisión para cumplir con los objetivos propuestos en esta Ordenanza o los futuros si fueran cambiando en el transcurso del año.
  3. La Comisión tendrá las siguientes funciones y facultades:
  1.  Realizar reuniones mensuales que se avisarán como mínimo con 15 días de antelación.
  2.  Relevar información que permita elaborar informes y estadísticas sobre diversos aspectos afines al objetivo por el cuál fue creada.  
  3.  Realizar un informe en forma semestral de carácter público sobre las acciones realizadas desde el Departamento Ejecutivo a través de las áreas correspondientes, y los avances verificables del Distrito de Moreno en materia de Violencia de Género, el cual se publicará por los medios de comunicaciones locales y a través de las redes sociales oficiales del Municipio de Moreno.-                  –

ARTÍCULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.-     

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 19 DE FEBRERO DE 2019.-

Prof. PEDRO CAMPS                                        Lic. HORACIO CHIQUE

       Secretario                                                               Presidente

Comunicada al D.E el día 28/02/2019

Promulgada mediante el Decreto N° 0510/19 de fecha 13/03/2019.