Boletines/Carlos Tejedor

Decreto Nº179/19

Decreto Nº 179/19

Publicado en versión extractada

Carlos Tejedor, 02/01/2019

VISTO:

            El Convenio de Colaboración suscripto el día 20 de Octubre de 2016 entre la Municipalidad de Carlos Tejedor y el Centro de Convivencia Comunitaria de Tres Algarrobos, el cual fue convalidado mediante Ordenanza 2418/2016;

           Que en el mismo se establece en su artículo primero, el compromiso por parte del municipio de aportar SEIS (6) personas a partir del día 01 de Noviembre del corriente para prestar servicios en el Centro;

           Que la Sra. PASCUAL MARIA ROSA, Legajo Personal Nº 2627  cumple los requisitos para desarrollar tareas en el mismo;

     

CONSIDERANDO:

                           Que a efectos de dar cumplimiento a lo expresado en el visto, corresponde dictar el siguiente acto administrativo;

                                   Por ello:

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones-

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1º.- Desígnase  en Planta Temporaria: como PERSONAL  MENSUALIZADO a la agente PASCUAL MARIA ROSA, Legajo Personal Nº 2627, retroactivo al día 01 de Enero de 2019 hasta el 30 de Junio de 2019, quien desarrollará tareas en el Centro de Convivencia Comunitaria de Tres Algarrobos con una retribución mensual.-

ARTICULO 2º.-  El régimen horario será de 30 hs semanales, es decir, seis horas diarias de lunes a viernes, pudiendo consensuar con la Secretaria de Desarrollo Humano y Acción Social distinta  forma y modo de prestación de servicios según la necesidad y siempre que se cumpla con el régimen estipulado.

 

ARTÍCULO 3°.-  En cuanto al régimen de Derechos, Obligaciones, Licencias y Sanciones Disciplinarias se aplicará el Estatuto para el Personal de la Municipalidad de Carlos Tejedor, aprobado por Ordenanza 2382/2016.-

 

ARTÍCULO 4°.- El   gasto dispuesto   por   el   presente   se    imputará  a   la   Jurisdicción, 1110106000 Categoría Programática 01-00-00, Fuente de Financiamiento 110, del Presupuesto de Gastos Vigente.

 

ARTICULO 5°.-  Cúmplase, regístrese, pase  a  la  Oficina  de  Personal, y  a  la  Contaduría Municipal.