Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 122/19
Mar Chiquita, 21/01/2019
Visto y considerando
Que atento lo establecido por los arts. 278 y 278 bis ley Orgánica de la Municipalidades (Mod. por Ley 12076). Las deudas de los contribuyentes que hubieran incurrido en mora en el pago de impuestos tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES, DECRETA
ARTICULO 1º DECLARESE OPERADA la prescripción por el transcurso de los periodos correspondiente hasta la cuota 06-2014 inclusive, que en concepto de tasas por alumbrado, limpieza y conservación de la vía publica, tasa por Conservación, Reparación y Mejorado de la Red Vial Municipal, Tasa por la Inspección de Seguridad e Higiene a distintos inmuebles, tasa mantenimiento Cementerio y Automotores que adjunta en Anexo I.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Economía C.P.N. Gonzalo Ronda y Secretario General Diego E. Mogilanski.
ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda, regístrese y archivase.
ANEXO DEC. Nº122/19
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