Boletines/Puan

Ordenanza Nº7000/19

Ordenanza Nº 7000/19

Puan, 20/03/2019

Corresp. al  Expte. N° 366/18 y 085/18 EDS

ORDENANZA

ORDENANZA N° 7 0 0 0  / 1 9

ARTÍCULO 1º.-  Actualízanse los valores fijados para las ASIGNACIONES FAMILIARES a partir del 1° de MARZO de 2019, establecidos por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de acuerdo al siguiente detalle y que serán aplicados a la Administración Central y Ente Descentralizado de Salud:

Asignaciones Familiares

Ingreso Grupo Familiar

Valor General

Maternidad

Sin tope IGF

Remuneración bruta

Nacimiento

Entre $ 3.621,04 y $ 107.658

$ 2.367,00

Adopción

Entre $ 3.621,04 y $ 107.658

$ 14.173,00

Matrimonio

Entre $ 3.621,04 y $ 107.658

$ 3.546,00

Prenatal

Entre $ 3.621,04 y $ 31.494

$2.031,00

 

Entre $ 31494,01 y $46.191

$ 1.368,00

 

Entre $46.191,01 y $ 53.329

$ 825,00

 

Entre $ 53.329,01 y $107.658

$ 423,00

Hijo

Entre $ 3.621,04 y $ 31.494

$ 2.031,00

 

Entre $ 31.494,01 y $46.191

$ 1.368,00

 

Entre $46.191,01 y $ 53.329

$ 825,00

 

Entre  $ 53.329,01 y $107.658

$ 423,00

Hijo con discapacidad

Hasta $ 31.494

$6.620,00

 

Entre $ 31494,01 y $46.191

$ 4.681,00

 

Superior a $ 46.191,01

$ 2.953,00

Ayuda escolar anual

Entre $ 3.621,04 y $ 107.658

$ 1.701,00

Ayuda escolar anual hijo con discapacidad

Sin tope IGF

$ 1.701,00

La percepción de un ingreso superior a $ 53.829.- por parte de uno de los integrantes del grupo familiar excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el tope máximo establecido de $ 107.658.- 

Los rangos, topes y montos de las asignaciones familiares, son las contempladas por la Administración Nacional de Seguridad Social (Ley Nº 24.714 y sus modificatorias). Se actualizarán en base a disposiciones vigentes.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos y  cumplido, archívese.-

DADA EN EL RECINTO DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE PUAN, EN SESIÓN ORDINARIA PÚBLICA A VEINTE DÍAS DEL MES DE MARZO DE DOS MIL DIECINUEVE- -

Firmado: GRACIELA M. MONTEMUIÑO, Secretaria Legislativa. CARLOS LISANDRO. KOLLER, Presidente.