Boletines/Vicente López

Decreto Nº632/19

Decreto Nº 632/19

Vicente López, 07/02/2019

CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 4119-7885/2017

Visto

Que a través del Decreto Nº 5257/2018 (fs. 98/101), se procedió a instrumentar la liquidación de Fondos Rotatorios destinados a las dependencias de la Secretaría de Educación y Empleo; y,

Considerando

Que la Dirección de Rendiciones de Cuentas registró las novedades que recoge el informe labrado por la Dirección de Contaduría a fs. 138. En dicho actuado se da cuenta de la necesidad de disponer la disminución de los fondos asignados a la Dirección General de Políticas Educativas por un total de Pesos Seis Mil Doscientos Noventa y Dos ($ 6.292,00.-), monto que será afectado a la ampliación de los fondos rotatorios asignados a la Dirección General de Educación Municipal, quedándole una suma total de de Pesos Diez Mil Doscientos Noventa y Dos.
Que al respecto rigen las normas establecidas por el Artículo Nº 192 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los artículos 24 y 30 de Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración de la Provincia de Buenos Aires, artículos 87 y 88 del Decreto 2980/00 Reforma Administrativa Financiera en el Ámbito Municipal (R.A.F.A.M.) y el Expediente 6124/17; y

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias,


DECRETA

ARTÍCULO 1°: DISPONER LA REDUCCIÓN de los Fondos Rotatorios asignados a la Secretaría ,de Educación y Empleo a través del Decreto Nº 5257/2018 (fs. 98/101), conforme al siguiente detalle:

    SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO    
ÁREA CARGO PROGRAMA BENEFICIARIO MONTO HABILITADO REDUCCION MONTO A HABILITAR
DIRECCION GENERAL DE POLITICAS EDUCATIVAS Director General 1110125000 53204 $ 10.292,00 $ 6.292 $ 4.000,00

ARTÍCULO 2°: DISPONER LA AMPLIACIÓN de los Fondos Rotatorios asignados a la Secretaría de Educación y Empleo a través del Decreto Nº 5257/2018 (fs. 98/101), conforme al siguiente detalle:

    SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO    
ÁREA CARGO PROGRAMA BENEFICIARIO MONTO HABILITADO AMPLIACIÓN MONTO A HABILITAR
DIRECCION GENERAL DE EDUCACIÓN MUNICIPAL Director General 1110125000 51225 $ 4.000,00 $ 6.292 $ 10.292,00

ARTÍCULO 3°: MODIFÍCASE el artículo 2º del Decreto Nº 5257/2018 (fs. 98/101), el cual quedará redactado conforme se detalla a continuación
ARTICULO 2°: Asígnese a la SECRETARÍA DE EDUCACION Y EMPLEO para percibir mediante el sistema de Fondos Rotatorios la suma de $ 30.292,00.- (Pesos Treinta Mil Doscientos Noventa y Dos) durante el Ejercicio 2019. Este monto se distribuirá de acuerdo al siguiente detalle:

                                                      SECRETARIA DE EDUCACION Y EMPLEO    
DEPENDENCIA CARGO JURISDICCION  BENEFICIARIO MONTO
    PROGRAMA    
SECRETARIA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Secretario 1110125000 51167 $ 4.000
DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EDUCATIVAS Director General 1110125000 53204 $ 4.000
DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN Director General 1110125000 53205 $ 4.000
DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN MUNICIPAL Director General 1110125000 51225 $ 10.292
DIRECCIÓN DE DESARROLLO JOVEN Director 1110125000 52222 $ 4.000
DIRECCIÓN CENTRO UNIVERSITARIO DE VICENTE LOPEZ Director 1110125000 52552 $ 4.000
TOTAL FONDOS ROTATORIOS SECRETARIA EDUCACIÓN Y EMPLEO   $ 30.292

Los montos indicados, que resultan imputables a la Partida 24000, revisten el carácter de cupos máximos mensuales que los funcionarios titulares de los Fondos Rotatorios se encuentran autorizados a gastar por este sistema. Como consecuencia, en el Ejercicio 2019, el titular de cada Fondo Rotatorio tendrá una (1) apertura, once (11) reposiciones y una (1) rendición final, como máximo anual.
ARTÍCULO 4°: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 5°: Tomen conocimiento la Secretaría de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, la Dirección General de Tesorería, la Dirección de Rendiciones de Cuentas, la Dirección de Patrimonio y la Subdirección de Seguros), la Secretaría de Recursos Humanos, la Secretaría de de Educación y Empleo, y el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 6°: Dése a registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente archívese.

Fdo: Macri- Alvarez