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Decreto Nº1829

Decreto Nº 1829

Bolivar, 19/10/2018

Visto

El Expediente N° 4013-851/18 mediante el cual tramita el Concurso de Precios N° 07/2018, para otorgar la concesión del Buffet ubicado en la Terminal de Ómnibus “María Teresa Josefa Rodríguez del Toro y Alaiza” y;

Considerando

Que por Decreto N° 1581/18 se aprobó el llamado a Concurso de Precios tendiente a otorgar la concesión del Buffet ubicado en la Terminal de Ómnibus “María Teresa Josefa Rodríguez del Toro y Alaiza”;

 

Que se han cumplimentado las publicaciones en el diario local, conforme lo dispuesto en el artículo 153° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Que según surge del Acta de Apertura del día 09 de octubre de 2018 y del Dictamen de la comisión de preadjudicación de fecha 18 de octubre de 2018, se recibieron dos (2) ofertas válidas: una del Sr. ,  DNI  y una segunda correspondiente al Sr. , DNI ;

Que con fecha 18 de octubre de 2018, la Comisión de Preadjudicación, encargada de evaluar las propuestas se expide aconsejando adjudicar al Sr. , por la suma mensual de pesos  por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal;

Que en consecuencia, corresponde rechazar la propuesta correspondiente al Sr. , DNI  por ser menos conveniente a los intereses de la Municipalidad;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículo 181° del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLÍVAR

DECRETA

Artículo 1o: Aprobar el Concurso de Precios N° 07/2018, para otorgar la concesión del Buffet ubicado en la Terminal de Ómnibus “María Teresa Josefa Rodríguez del Toro y Alaiza”

Artículo 2°: Adjudicar la concesión al Sr. , DNI , por la suma mensual de pesos por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.

Articulo 3°: Desestimar la propuesta correspondiente al Sr. , DNI  por no resultar convenientes a los intereses de la Municipalidad.

 

Artículo 4o: Notificar al adjudicatario con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.

Artículo 5o: Tomen conocimiento Secretaría de Legal y Técnica, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 6o: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Espacios Públicos y Ambiente.

Artículo 7o: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.