Boletines/Bolivar
Decreto Nº 1829
Bolivar, 19/10/2018
Visto
El Expediente N° 4013-851/18 mediante el cual tramita el Concurso de Precios N° 07/2018, para otorgar la concesión del Buffet ubicado en la Terminal de Ómnibus “María Teresa Josefa Rodríguez del Toro y Alaiza” y;
Considerando
Que por Decreto N° 1581/18 se aprobó el llamado a Concurso de Precios tendiente a otorgar la concesión del Buffet ubicado en la Terminal de Ómnibus “María Teresa Josefa Rodríguez del Toro y Alaiza”;
Que se han cumplimentado las publicaciones en el diario local, conforme lo dispuesto en el artículo 153° de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que según surge del Acta de Apertura del día 09 de octubre de 2018 y del Dictamen de la comisión de preadjudicación de fecha 18 de octubre de 2018, se recibieron dos (2) ofertas válidas: una del Sr. , DNI y una segunda correspondiente al Sr. , DNI ;
Que con fecha 18 de octubre de 2018, la Comisión de Preadjudicación, encargada de evaluar las propuestas se expide aconsejando adjudicar al Sr. , por la suma mensual de pesos por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal;
Que en consecuencia, corresponde rechazar la propuesta correspondiente al Sr. , DNI por ser menos conveniente a los intereses de la Municipalidad;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 154° de la Ley Orgánica de las Municipalidades y artículo 181° del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLÍVAR
DECRETA
Artículo 1o: Aprobar el Concurso de Precios N° 07/2018, para otorgar la concesión del Buffet ubicado en la Terminal de Ómnibus “María Teresa Josefa Rodríguez del Toro y Alaiza”
Artículo 2°: Adjudicar la concesión al Sr. , DNI , por la suma mensual de pesos por considerar su propuesta la más conveniente al interés fiscal y ajustada al Pliego de Bases y Condiciones.
Articulo 3°: Desestimar la propuesta correspondiente al Sr. , DNI por no resultar convenientes a los intereses de la Municipalidad.
Artículo 4o: Notificar al adjudicatario con arreglo a lo normado en la Ordenanza General 267/80.
Artículo 5o: Tomen conocimiento Secretaría de Legal y Técnica, Secretaría de Hacienda, Contaduría, Tesorería y Oficina de Compras a efectos de su fiel cumplimiento.
Artículo 6o: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Espacios Públicos y Ambiente.
Artículo 7o: Comuníquese, dése al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.