Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1505/18
General Villegas, 27/09/2018
Visto
El Expediente Nº 8642/18, mediante el cual se tramitó la Licitación Privada Nº 29/18 destinada al “Alteo, reconstrucción y consolidación de Camino 05-21 desde progresiva 3+000 hasta 8+000 según Plan Director Vial”; y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 1194/18 se adjudicó dicha licitación al oferente AGROVIAL VILLEGAS SRL, en la suma de Pesos novecientos mil ($ 900.000,00).
Que el Director Vial manifiesta que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Provisoria de los trabajos pertenecientes a la licitación señalada con fecha 14 de septiembre de 2018 y que debería procederse a la devolución del dinero retenido en concepto de Fondo de Reparo en garantía correspondiente al 5% de cada certificado de obra Nº 1 y 2 a Agrovial Villegas SRL.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes a la Licitación Privada Nº 29/18 destinada al “Alteo, reconstrucción y consolidación de Camino 05-21 desde progresiva 3+000 hasta 8+000 según Plan Director Vial”, según Acta del día 14 de septiembre de 2018, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Ariel Gastón Lovera en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 8642/18.
ARTÍCULO SEGUNDO: Devuélvase al oferente Agrovial Villegas SRL, el dinero en efectivo aportado en concepto de Fondo de Reparo de Garantía, correspondiente al 5% de cada certificado de obra, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: Las devoluciones mencionadas anteriormente, deberán ser imputadas con cargo a la siguiente Partida:
71001 - DEPÓSITO EN GARANTIA.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería, Compras y Dirección Vial; cúmplase y archívese.