Boletines/General Villegas

Decreto Nº1489/18

Decreto Nº 1489/18

General Villegas, 25/09/2018

Visto

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ García Camila s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 26.569/17” registrado como Expediente Nº 11125/18, solicitando se trabe embargo en el porcentaje de ley, sobre los haberes que percibe la Sra. Camila García, D.N.I N° 38.363.682; y

Considerando

Que a fojas 5, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde se consignan los datos de la agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre los haberes a percibir por la agente hasta cubrir la suma de pesos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y uno con 38/100 ($36.841,38) de capital más el 50% que se presuponen para responder a intereses, gastos y costas de la ejecución.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 8, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe la agente, hasta cubrir la suma consignada y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 6657-027-0501887/1, CBU Nº 0140355627665750188719 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, a la orden de este Juzgado y para estos autos.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 10.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar en el porcentaje de ley sobre los haberes que percibe la agente Camila García, D.N.I N° 38.363.682, agente transitoria mensualizada 250 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110101000, Categoría Programática 01.01.00, hasta cubrir la suma de Pesos treinta y seis mil ochocientos cuarenta y uno con 38/100 ($36.841,38) en concepto de capital con más el 50% que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses, gastos y costas de la ejecución, conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas en autos caratulados “BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES c/ García Camila s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 26.569/17” registrado como Expediente Nº 11125/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 6657-027-0501887/1, CBU 0140355627665750188719 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal General Villegas a la orden de este Juzgado y para estos autos.

ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:

74003 - EMBARGOS

ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.