Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1484/18
General Villegas, 25/09/2018
Visto
El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Pardo S.A c/Ferreyra Alejandro Rodolfo s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 26117-2017” registrado como Expediente Nº 4856/17 Alcance 2, solicitando se trabe embargo en el porcentaje de ley, sobre las remuneraciones que percibe el agente Alejandro Rodolfo Ferreyra, DNI N° 16.808.725; y
Considerando
Que a fojas 5, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde se consignan los datos de la agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibir el agente hasta cubrir la suma de Pesos nueve mil setecientos dos con 61/100 ($ 9.702,61).
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 11, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe el agente hasta cubrir la suma consignada y se deposite en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, conforme lo requerido por el Juzgado interviniente.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 13.
Que cabe aclarar que actualmente se encuentra en curso un embargo trabado mediante Decreto N°1833/17, en autos caratulados “Banco de la Provincia de Buenos Aires c/Ferreyra Alejandro Rodolfo s/Prepara Vía Ejecutiva – Expediente N°24952-2016”, registrado como Expediente N° 11206/17 Alcance 1.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a la Dirección de Recursos Humanos, a trabar embargo en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe el agente Alejandro Rodolfo Ferreyra, Legajo Personal Nº 1676, 230 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110109000, Categoría Programática 65.06.00, Planta Permanente – Personal Servicio – Auxiliar B, hasta cubrir la suma de Pesos nueve mil setecientos dos con 61/100 ($ 9.702,61), conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas, en autos caratulados “Pardo S.A c/Ferreyra Alejandro Rodolfo s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 26117-2017” registrado como Expediente Nº 4856/17 Alcance 2.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la cuenta judicial Nº 6657 - 027-0501655/5, CBU N° 0140355627665750165558 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal General Villegas.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.