Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1482/18
General Villegas, 25/09/2018
Visto
El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “PARDO S.A c/ JEREZ Luis Gustavo s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 27.922/18” registrado como Expediente Nº 10.602/18, solicitando se trabe embargo en el porcentaje de ley, sobre las remuneraciones que percibe el señor Luis Gustavo Jerez, D.N.I N°22.399.637; y
Considerando
Que a fojas 5, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde se consignan los datos del agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre las remuneraciones a percibir por el agente hasta cubrir la suma de pesos veintidós mil setecientos ($22.700) de capital más el 50% en concepto de intereses y costas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 8, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe el agente, hasta cubrir la suma consignada y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 6657- 027-0501913/6, CBU Nº 0140355627665750191368 el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, conforme lo requerido por el Juzgado interviniente.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 10.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe el agente Luis Gustavo Jerez, DNI N° 22.399.637, 230 módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción 1110106000, Categoría Programática 35.01.00, Planta Permanente, Personal Obrero, Clase IIIA, hasta cubrir la suma de Pesos veintidós mil setecientos ($22.700) en concepto de capital con más el 50% que se presupuestan provisoriamente para responder a intereses y costas del juicio, conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas, en autos caratulados “PARDO S.A c/ Jerez, Luis Gustavo s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 27.922/18” registrado como Expediente Nº 10.602/18.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 6657-027-0501913/6, CBU 0140355627665750191368 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal General Villegas.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.