Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1353/18
General Villegas, 04/09/2018
Visto
El Expediente Nº 11854/16, iniciado por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, poniendo en conocimiento que el agente Carlos Bernabé López, Legajo Personal N° 7073, ha presentado carpeta médica en reiteradas ocasiones, por lo cual se solicita una junta médica; y
Considerando
Que a fojas 35, el Departamento Juntas Médicas, Dirección Salud Ocupacional informa que el porcentaje y naturaleza de la incapacidad producida por las patologías indicadas es de sesenta y ocho con cincuenta por ciento (68,50 %).
Que a fojas 37, la Dirección de Recursos Humanos informa datos del agente y que el mismo se dará de baja a fin de acogerse al beneficio de jubilación por invalidez, por ante el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.
Que Contaduría informa a fojas 39, la imputación del gasto.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése de baja a partir del día 1 de septiembre de 2018, al agente CARLOS BERNABÉ LOPEZ, D.N.I. Nº 10.643.099, Legajo Personal Nº 7073, 260 Módulos, 30 horas semanales, Jurisdicción: 1110106000, Categoria Programatica 01.01.00, Clase I Auxiliar Servicios – Nivel 15, a los fines de acogerse al Beneficio de Jubilación por Invalidez.
ARTÍCULO SEGUNDO: El agente mencionado en el Artículo Primero, percibirá a partir del 1 de septiembre de 2018, el equivalente al sesenta por ciento (60%) de sus haberes con cargo de restitución, hasta que se haga efectivo el pago de su prestación previsional.
ARTÍCULO TERCERO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá imputarse a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Objeto del Gasto: 6.2.1.1. Anticipo Jubilatorio
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería, Secretaria de Obras y Servicios Públicos; cúmplase y archívese.