Boletines/General Villegas
Resolución Nº 930/18
General Villegas, 28/09/2018
Visto
El Expediente Nº11250/18 iniciado por el Director de Servicios Urbanos, solicitando una sanción disciplinaria a la agente Yesica Monzalvo, Legajo Personal N°4980, por faltar sin justificar los días 2 y 5 de julio y 3, 6 y 8 de agosto del corriente año y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 5, consignando los datos del agente y que posee antecedentes de inasistencias pero no posee antecedentes de sanción disciplinaria.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 7, sugiriendo se aplique a la agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en un “Apercibimiento”, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha ordenanza.
Que así mismo se deja constancia que los días de inasistencias injustificadas fueron descontadas oportunamente, todo ello conforme surge de la planilla de haberes adjuntas por la Dirección de Recursos Humanos a fojas 6.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplícase una sanción disciplinaria consistente en un “Apercibimiento”, a la agente transitorio jornalizada Yesica Monzalvo, Legajo Personal Nº4980, 11 Módulos, 30 Horas Semanales, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 43.00.00, conforme lo dispuesto en Artículo 103 b) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir en lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Servicios Urbanos y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.