Boletines/General Villegas

Resolución Nº909/18

Resolución Nº 909/18

General Villegas, 25/09/2018

Visto

El Expediente Nº 10900/18 iniciado por el Delegado de Banderaló, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria al agente Jesús Martín Herrera, Legajo Personal N° 3535, por tener reiteradas inasistencias e incumplimiento del horario de ingreso laboral; y

Considerando

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene a fojas 3, consignando los datos del agente y que no registra inasistencias injustificadas, pero posee sanciones disciplinarias.

Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 6, sugiriendo se aplique al agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en una Suspensión sin Goce de Haberes por el termino de un (1) día, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 67 apartado 1 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 68 inciso a) y d) de dicha ordenanza.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en una Suspensión sin Goce de Haberes de un (1) día para el 08 de octubre de 2018, al agente Jesús Martín Herrera, Legajo Personal N° 3535, 230 Módulos, 30 Horas Semanales, Jurisdicción 1110106000, Categoría Programática 31.04.00, Planta Permanente – Personal Obrero – Clase IIIA, conforme lo dispuesto en Artículo 67 apartado 1 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 68 inciso a) y d) de dicha ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos a descontar dos (2) días en los haberes a percibir por el agente mencionado en el Artículo Primero, por las razones expuestas ut supra.

ARTICULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Asuntos Jurídicos, Delegación Municipal de Banderaló y Secretaría de Obras y Servicios Públicos; cúmplase y archívese.