Boletines/General Villegas

Resolución Nº893/18

Resolución Nº 893/18

General Villegas, 25/09/2018

Visto

El Expediente Nº 9332/16, iniciado por la señora Nélida Raquel Dominguez, donde se tramita la habilitación municipal de un comercio, dedicado a la explotación del rubro “Verdulería y frutería”, desde el 27 de mayo de 2016; y

Considerando

Que se labraron Acta de Inspección Nº 4580 y Censo de Comercio e Industria Nº 4884, declarando no poseer empleados en relación de dependencia (fojas 12 y 13).

Que la oficina de Bromatología, agrega a fojas 15, Acta de Inspección Nº 372.

Que el Área Técnica  interviene a fojas 18, suministrando los datos del inmueble.

Que a fojas 30, se agrega Censo Nº 5793 donde se verifica que posee un (1) empleado, desde el 9 de octubre de 2017.

Que por Acta Nº 7085, adjuntada a fojas 35, se constata que el comercio ha dejado de funcionar como tal, con fecha 12 de septiembre de 2018.

Que resulta necesario registrar el comercio como contribuyente, a los efectos de proceder a la percepción de las Tasas Municipales, devengadas durante el período en el que desarrolló la actividad, hasta la fecha de cierre.

Que a fojas 39 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación al solo efecto de percibir las tasas municipales, del comercio dedicado a la explotación del rubro “VERDULERÍA Y FRUTERÍA”, denominación comercial “LA BENDICIÓN”, de la señora NELIDA RAQUEL DOMINGUEZ, D.N.I. Nº 17.760.094, Codificador de Rentas Nº 62100-04, NIS Nº 1054557-01 – T1REE – Residencial Estacional, no contando con empleados en relación de dependencia, declarando domicilio comercial en calle Tacuarí Nº 107 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección B, Manzana 151g, Parcela 1a, desde el 27 de mayo de 2016, conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 9332/16.

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese la incorporación de un (1) empleado en relación de dependencia al contribuyente NELIDA RAQUEL DOMINGUEZ, a partir del día 9 de octubre de 2017, según Censo Nº 5793.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese la baja del comercio enunciado en el Artículo Primero, a partir del 12 de septiembre de 2018, por quedar acreditado en forma fehaciente que desarrolló la actividad comercial, atento a lo establecido por la legislación vigente y conforme a las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 9332/16.

ARTÍCULO CUARTO: La Dirección de Rentas deberá determinar la deuda; y posteriormente, la Dirección de Asuntos Jurídicos intimará al recurrente, para que realice el pago de las tasas devengadas durante el período mencionado precedentemente, como así también abonar toda tasa que con motivo del mismo debiera oblar, sin incluir multas o recargos, atento lo dispuesto por la Ordenanza Nº 3382.

ARTÍCULO QUINTO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo  dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEXTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Procesamiento de la Recaudación, Contaduría y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.