Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 5953/18
General Villegas, 13/09/2018
VISTO:
El Expediente Nº 8196/17, iniciado por el señor Fernando Diego Urchipía, solicitando autorización para el uso del espacio aéreo que posibilite la instalación del tendido de red de fibra óptica sobre las columnas de alumbrado público y/o la instalación de nuevo posteado en caso de ser necesario; y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución E N° 10200/16 el Ente Nacional de Comunicaciones otorgó al peticionante licencia habilitante para prestar al público el servicio de valor agregado - acceso a internet, sea fijo o móvil, alámbrico o inalámbrico, nacional o internacional, con o sin infraestructura propia, en los términos del anexo de la Resolución del Ente Nacional de Comunicaciones N° 2483/16.
Que de fojas 8 a 36, el recurrente acompañó memoria descriptiva, especificaciones técnicas y demás documentación del proyecto técnico de la Red FTTH a instalar.
Que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos en su intervención de fojas 38, no realiza objeciones al tendido de la fibra óptica aérea, el que deberá realizarse mediante la utilización de postes pertenecientes al peticionante y la colocación de los elementos necesarios en el frente de los edificios o columnas será a su cargo exclusivo, debiendo reacondicionar los espacios y bienes públicos donde se le indique instalar el tendido que se le autorice, respetar el diseño y diagramación de la línea actual.
Que el proyecto contempla la implementación del servicio de internet de banda ancha en la planta urbana de la ciudad de General Villegas en cuatro etapas.
Que corresponde solicitar la correspondiente autorización al Departamento Deliberativo en los términos de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Otórguese al señor Fernando Diego Urchipía, DNI N° 25.879.623, autorización del uso del espacio aéreo en el Sector especificado como: “Etapa 1, troncal 1, conexión a Arsat y zona 1” en la memoria descriptiva que forma parte de la presente como Anexo I; para la instalación del tendido de red de fibra óptica en la ciudad de General Villegas.
ARTÍCULO 2º: Déjese establecido que el tendido de la línea, se realizará mediante la utilización de postes pertenecientes al peticionante y la colocación de los elementos necesarios en el frente de los edificios y/o columnas quedará a cargo exclusivo del mismo, debiendo reacondicionar los espacios y bienes públicos donde instale efectivamente el tendido, respetar el diseño y diagramación de la línea actual, todo previa convalidación y supervisión de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos.
ARTICULO 3º: El referido sistema deberá cumplimentar y ajustarse a las disposiciones que rigen en la materia, emanadas del Ente Nacional de Comunicaciones y/o autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 4º: La presente cesión en comodato se otorga por el término de diez (10) años.
ARTÍCULO 5º Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.