Boletines/Campana
Ordenanza Nº 6817/18
Campana, 28/12/2018
VISTO:
La desigualdad entre quienes tienen acceso a la educación complementaria de inglés y la consiguiente acreditación del nivel con exámenes internacionales y que muchas veces los mismos son excluyentes en la contratación de un trabador respecto a quienes por causas económicas no pueden acceder; y
CONSIDERANDO:
Que la creación de cursos de inglés por niveles con certificación municipal podría mejorar la formación de muchísimos vecinos de nuestra ciudad, además de igualar oportunidades para el desempeño laboral;
Que la currícula escolar bonaerense posee programas de enseñanza de inglés, pero la formación que se da en lengua extranjera en los establecimientos escolares estatales no alcanza para ser tenida en cuenta por los empleadores que habilita a la contratación cuando se debe acreditar el idioma de modo excluyente;
Que a pesar de que la currícula sea igual para escuelas públicas y privadas la realidad demuestra que muchas escuelas de enseñanza privada le suman refuerzos en horas de Ingles y profundizan contenidos que habilitan al alumnado a rendir los exámenes internacional de modo particular, y en otros casos los alumnos asisten a instituciones especialmente para aprehender en idioma, las que conllevan un arancel que no pueden soportar muchas familias campanenses;
Que la carencia de medios económicos de muchas familias ocasiona desigualdad de oportunidades, entendiendo a la educación como un derecho que incluye y retribuye al país y no como un privilegio reservado a quienes pueden autosatisfacer la enseñanza privada;
Que nuestro Municipio cuenta con una nutrida oferta de talleres municipales, arrancando desde baile, teatro, llegando hasta bordado y punto chino entre otros tantos, por lo que resultaría interesante y beneficioso generar un espacio de capacitación de idiomas como varios municipios ya tienen;
Que nada iguala más que la educación, como herramienta de transformación social, porque la educación tiende a equiparar oportunidades, por ello es importante que la Municipalidad acompañe a los jóvenes que deseen conocer y aprender un idioma. Jóvenes que de otra manera al ingresar al mercado laboral se encontrarían en desventajas, como sucede hoy con otros iguales que tuvieron los recursos económicos para contribuir a su formación;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa de Educación en Inglés Aula abierta en el ámbito de la Secretaría que corresponda, cuyo fin será darle las herramientas a los vecinos desde los quince años para que puedan adquirir la formación en los niveles del idioma Inglés que les permitan rendir de modo particular los exámenes internacionales que acreditan el conocimiento de la lengua extranjera.-
ARTÍCULO 2º.- El Programa se llevará a cabo en la modalidad de talleres municipales por un mínimo de dos (2) años equivalentes a que se completen un nivel básico y otro intermedio, se necesitará acreditar la escolaridad en institución de enseñanza pública al momento de inscribirse o certificado de finalización de los estudios secundarios según corresponda.-
ARTÍCULO 3º.- La Municipalidad expedirá un certificado donde constará el nivel y el equivalente en virtud de los contenidos al exámen internacional que corresponda. Asimismo se dará publicidad del presente Programa y el Departamento Ejecutivo promoverá gestiones a fin de posibilitar el reconocimiento de la certificación municipal por las empresas locales.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL OSVALDO M. FRATICELLI
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL ROMINA CARRIZO
REGISTRADA BAJO EL N° 6817
Campana, 28 de diciembre de 2018.-
Vetada por Decreto N° 1387, del 28 de diciembre de 2018.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal