Boletines/Brandsen
Decreto Nº 1621
Brandsen, 27/12/2018
Visto
Visto el expediente 4015-22963/18, iniciado por la Dirección de Planeamiento y Catastro, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad de Brandsen, solicita la regularización dominial del Centro de Atención Primaria de la Salud del Barrio Las Mandarinas de la localidad de Brandsen, y;
Considerando
Que a fs. 2-55 se adjunta documentación referente al Centro de Atención Primaria de la Salud del Barrio Las Mandarinas de la Localidad de Brandsen, a saber: cedula catastral, fotografías, nómina de empleados que prestaron servicios en dicho centro con sus respectivos decretos de designación, declaración testimonial de vecinos y empleados, y demás información que sirva de antecedente para vislumbrar la titularidad de dominio de la misma;
Que a fs. 56 obra dictamen del Asesor Letrado: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las presentes actuaciones a fin de evaluar y emitir dictamen sobre la procedencia de la prescripción administrativa del inmueble identificado como Circ. I, Sección J, Chacra 4, Mz. 4h, Parcela 1, Partida 2985 de Brandsen (013), partido de Brandsen donde funciona la Unidad Sanitaria de Las Mandarinas. Del análisis del expte. y la documentación agregada (ordenanza Nº1452 de fs. 4 del año 2010; Decreto 308/2006 de fs.8; nómina de personal que cumplía funciones en la Unidad Sanitaria, de fs.9; Decretos de designación de personal que cumplía tareas en las áreas de Salud y / o Desarrollo Social, y que por ende concurrían a la Unidad Sanitaria; testimonios de vecinos de fs.35/37; Plano Característica 013-31-2010 de Prescripción Adquisitiva; fotografías de la Sala del exterior e interior), concluyo que surge claramente que la Municipalidad de Brandsen, posee a título de dueño desde hace más de veinte (20) años el inmueble indicado en el primer párrafo, en forma quieta, pública y pacífica. El inmueble, en principio, parece haber ingresado al patrimonio de la Municipalidad como una posesión de hecho de la cual no existe constancia expresa sobre el día exacto o si la misma nació como una cesión realizada por un particular, no obstante ello, la posesión municipal ha sido ejercida, y de ello no hay dudas, en esto son coincidentes todas los testimonios de vecinos del barrio (fs.35/37), y en que la posesión data del año 1989 aproximadamente. Asimismo, también se publicaron edictos (fs.43) citándose a los titulares de dominio por el plazo de ley para que se presenten en la Municipalidad de Brandsen a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de en caso que no hacerlo, de continuar con las gestiones municipales tendientes a declarar operada la prescripción adquisitiva. Por lo tanto, entiendo que se han reunido en autos los elementos necesarios para declarar operada a favor de la Municipalidad de Brandsen, Pcia. de Buenos Aires, las prescripción adquisitiva en los términos de los arts. 1 y 2 de la Ley 24320 de la parcela cuya titularidad se encuentra en cabeza de ALONSO y MARTIN, Mariano Luis José María del Carmen; ALONSO y MARTIN, Joaquín Demetrio Nila María del Carmen; CABEZAS, Elida, e identificado como Circunscripción I, Sección J, Manzana 4h, Chacra 4, Parcela 1, con superficie de 1005 mts. 19 dms. Cds. Matricula 14308, Partida 2985 de Brandsen, linda: al N.E. calle Azcuénaga; al N.O. calle; al S.E. lote 55 y al S.O. parte lote 51. Por las razones señaladas, y de compartir esta opinión, debería dictarse el acto administrativo declarando operada la prescripción y cancelando la anterior. Que, de acuerdo al plano de prescripción 13-31-2010, la nueva denominación de la parcela, sobre la cual deberá declararse operada la prescripción adquisitiva es: CIRCUNSCRIPCION I, SECCION J, MANZANA 4h, CHACRA 4, PARCELA 1 a de BRANDSEN (013), Matricula 14308. En consecuencia también, se deberá rogar en el mismo acto administrativo la cancelación del dominio anterior. ASESORIA LETRADA, DICIEMBRE 18 de 2018. Firmado: Luis M. Cowen. Asesor Letrado. Municipalidad de Brandsen”
Que en ese orden de ideas, corresponde dictar el acto administrativo de rigor que declare la prescripción adquisitiva de dominio a favor de esta Municipalidad;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTICULO_1º.- Declárese operada a favor de la Municipalidad de Brandsen, en orden a lo dispuesto por la ley 24.320, la prescripción adquisitiva del inmueble ubicados en el Partido de Brandsen, designados catastralmente como: Circunscripción I, Secc. J, Manzana 4h, Chacra 4, Parcela 1a, Partida (013) 2985.-
ARTICULO 2º.-Dispónese la inscripción a nombre de la Municipalidad de Brandsen del inmueble referidos en el Artículo 1º del presente, ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, a cuyo fin se faculta al responsable de la Asesoría Letrada a suscribir y diligenciar toda la documentación pertinente.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.-
ARTICULO_4º.-Dése al Registro Municipal, comuníquese, publíquese y notifíquese ante quien corresponda. Cumplido, archívese.-