Boletines/Brandsen

Decreto Nº1560

Decreto Nº 1560

Brandsen, 11/12/2018

Visto

Visto el Expediente Nº 4015-23687/18 por el cual Martínez Lucio German, CUIT 20-23325542-5 solicita una habilitación de comercio simple bajo el rubro “Showroom de motos, bazar, regalería, indumentaria, art. Electrónicos y videos”, en el inmueble ubicado en calle Ferrari Nº 60 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 6 – Parcela  12 y, correspondiente a la Partida Nº 1492; y,

Considerando

Que a fs. 33 se expide la Directora de Protección Ciudadana y Habilitaciones: “Visto la solicitud de HABILITACION DE COMERCIO iniciado por MARTINEZ LUCIO GERMAN, CUIT 20-23325542-5 en relación al Inmueble sito en calle Ferrari Nº 60, de la ciudad de Brandsen  identificado como: Circ. I – Sección A– Manzana 6 – Parcela 12 y, correspondiente a las cuentas 1492 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones  en categoría 2 (DOS), por tratarse de rubro “Showroom de motos, bazar, regalería, indumentaria, art. Electrónicos y videos” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Silvia. R Echayre. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen”;

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTICULO 1º.- Otorgase a Martínez Lucio German, CUIT 20-23325542-5, una habilitación de comercio simple bajo el rubro“Showroom de motos, bazar, regalería, indumentaria, art. Electrónicos y videos”, en el inmueble ubicado en calle Ferrari Nº 60 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ. I – Sección A – Manzana 6 – Parcela  12 y, correspondiente a la Partida Nº 1492.-

ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal.-

ARTICULO 3º.-  El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Gobierno y Protección Ciudadana y Habilitaciones.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese.-