Boletines/Moreno
Decreto Nº 0140/19
Moreno, 28/01/2019
Visto
La vigencia de la Ordenanza Fiscal N°6016/18 T.O. Año 2019, por la cual en su Capítulo XI “De las Bonificaciones y Premios”, se establece que el Departamento Ejecutivo podrá conceder una bonificación especial sobre el monto de cada una de las obligaciones tributarias correspondientes al presente ejercicio fiscal a aquellos contribuyentes que en circunstancias especiales no pudieran cumplir con el pago de las mismas y,
Considerando
Que es conveniente adoptar medidas que favorezcan el mayor grado de cumplimiento con las obligaciones tributarias en favor del Municipio.
Que el grave cuadro de situación que persiste para las micro, pequeñas, y medianas empresas del partido de Moreno, y en el marco del rol indelegable del estado municipal en el fomento, la protección y el acompañamiento de los sectores productivos del distrito,
Que las ordenanzas 5727/17 y 5895/18 de Emergencia PyME han funcionado como un efectivo aporte a la actividad económica del municipio.
Que es necesario estimular a los contribuyentes que demuestran voluntad de cumplimiento en la cancelación de la Tasa del corriente ejercicio.
Que el objetivo es sostener y fomentar las actividades económicas en el distrito, frente a la difícil coyuntura que atraviesan vastos sectores del entramado PyME.
Que el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) de la República Argentina presentó el 15 de enero del 2019 el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del 2018 donde surge que el nivel general de las variaciones correspondientes a diciembre del 2018 con respecto a diciembre del 2017 fue de un 47,6%.
Que en base al último informe del Estimador Mensual de Actividad Económica (EMAE), efectuado en noviembre de 2018, la actividad económica del conjunto de sectores productivos a nivel nacional se contrajo interanualmente en un 7,46%.
Que los contribuyentes alcanzados han acreditado oportunamente su condición de PyME durante el período fiscal 2018.
Que el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Articulo 108vo. Inciso 3° del Decreto 6769/58, y el Artículo 65º de la citada Ordenanza.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORENO
DECRETA:
ARTICULO 1°: Concédanse la reducción de la Tasa por Servicios de Inspección de Seguridad e Higiene en un 40%, a partir de la 3º cuota anticipo 2019, a los contribuyentes que hayan sido registrados en el padrón de PyMEs durante el ejercicio fiscal 2018.
ARTICULO 2°: Será recaudo ineludible para otorgar el beneficio que el contribuyente este al día con el pago de la Tasa por Servicios de Inspecciones de Seguridad e Higiene, la Tasa por Mantenimiento de la Red Vial, la Tasa Ambiental por Comercialización de Envases no Retornables y Afines, y la Tasa por Servicios de Inspecciones por Habilitaciones y Permisos.
ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Economía, y de Gobierno.
ARTICULO 4°: Regístrese, comuníquese, cúmplase por intermedio de la Subsecretaría de Ingresos Tributarios y dese al archivo.
Lic. LUCAS CHEDRESE Sr. WALTER FESTA
Dr. MAURO TANOS