Boletines/Moreno
Ordenanza Nº 6037/18
Moreno, 19/12/2018
VISTO el Expediente H.C.D N°33.287/18, S/Creación del “Corredor Peatonal Seguro” de los Barrios Parque, Bongiovanni y Puente Márquez; y
CONSIDERANDO que es una problemática con una complejidad particular en los conurbanos, que requiere de un abordaje integral que complemente la intervención de las fuerzas de seguridad.
QUE nuestro Distrito se caracteriza por ser una gran extensión territorial 180km 2 y más de 160 barrios formalizados.
QUE si bien la seguridad es una demanda de todos los vecinos y vecinas, a partir del trabajo con Instituciones Educativas de los Barrios Bongiovanni, Parque y Puentes Márquez consensuamos la necesidad de priorizar la seguridad de los niños, niñas y adolescentes que concurren a los establecimientos educativos tanto de gestión pública como privada.
QUE para ello trabajamos en el trazado de un “Corredor peatonal escolar seguro” de manera tal que todos los esfuerzos Municipales como Provinciales se orienten al mejoramiento de: luminarias, veredas, calles, poda de árboles, descacharramiento, zanjeo, como así también la indicación del corredor mediante cartelería y señalética.
QUE a estas acciones deberá complementarse con la presencia policial tanto patrulla como policía de aproximación.
QUE esta iniciativa de intervención integral refuerza la presencia del Estado en los barrios.
QUE en varios Distritos se viene Desarrollando con éxito los Corredores escolares seguros.
QUE es también herramienta que fomenta la unión, inclusión y dialogo entre vecinos, docentes, comerciantes, estudiantes y miembros de las fuerzas de seguridad por el bien común.
POR TODO ELLO El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones legales, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTICULO 1°: Crease el “Corredor Escolar Seguro” de los Barrios Parque, Bongiovanni y Puente Márquez.-
ARTICULO 2°: El Corredor propuesto comprende las calles de:
Circuito Interno
a) Beltrán desde Colectora hasta Vucetich
b) José Ingenieros desde Belgrano hasta Vucetich
c) De la Quintana desde Beltrán hasta Zapiola
d) Zapiola desde De la Quintana hasta Deán Funes
e) Deán Funes desde Zapiola hasta Roma
ARTICULO 3°: El Departamento Ejecutivo deberá proveer de carteleria y señalética adecuada y coordinar a través de la Secretaria de Prevención y Atención de Emergencias Comunitaria o la que se designe en un futuro la coordinación entre vecinos y comerciantes, sobre la metodología y funcionamiento del “Corredor Escolar Seguro” que se propone.
ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.-
SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 19 DE DICIEMBRE DE 2018.-
Prof. PEDRO CAMPS Lic. HORACIO CHIQUE
Secretario Presidente
Comunicado al D.E el día 05/01/2019
Vetada mediante el Decreto N° 0088/19 de fecha 11/01/2019