Boletines/Pilar
Decreto Nº 2397/17
Pilar, 22/06/2017
Corresponde al Expediente N° 418/2017 — 10838/2017
PILAR,
Visto
El Convenio suscripto entre el Sr. Intendente Municipal y la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, para la ejecución de la obra “Revitalización Pilar Centro”, de la Municipalidad de Pilar, y
Considerando
Que, el Sr. Intendente procedió a la firma de un convenio para la ejecución de la obra “Revitalización Pilar Centro” con la Subsecretaría de Obras Públicas dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación el día 24 de mayo del corriente año.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias, el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, tiene entre sus objetivos, entender en el dictado de normas relacionadas con la contratación, construcción y conservación de obras públicas dentro de su ámbito y en las provincias acogidas, por convenios, al régimen federal en la materia.
Que, mediante Resolución N° RESOL-2017-18-APN-MI el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Viviendas de la Nación delegó en la Subsecretaría de Obras Públicas, dependiente de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda de la Nación, la facultad para la suscripción de convenio en materia de su competencia, en el marco de lo establecido en el Reglamento para la Suscripción de Convenios aprobados como Anexo 1 en el artículo 10 de la Resolución N° 1 del 14 de enero de 2016 del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación.
Que, la Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Del Pilar, elaboró un proyecto que tiene como objetivo principal revalorizar el espacio público como ámbito de interacción, mejorar las condiciones de habitabilidad y seguridad en la vía pública, realizar un ordenamiento de los usos y aportar una nueva vegetación y nuevo equipamiento tomando como eje la voluntad de priorizar al peatón a lo largo de todo el recorrido.
Que, la Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano solicitó la asistencia financiera para la ejecución de la obra “Revitalización Pilar Centro” y la Dirección Nacional de Arquitectura ha verificado la documentación correspondiente al proyecto, prestando su conformidad.
Que la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio dei Interior, Obras Públicas y Viviendas de la Nación, compartió la necesidad planteada por la Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano de la Municipalidad Del Pilar, considerando conveniente acordar los términos para el otorgamiento de la financiación que permita la ejecución de la obra proyectada y procedió a la suscripción del convenio denominado ejecución de obra “Revitalización Pilar Centro”, por el cual presta asistencia financiera a la Municipalidad Del Pilar por un monto total de $32.402.699.
Que, es facultad del Honorable Concejo Deliberante homologar los convenios suscriptos por el titular del Departamento Ejecutivo en tanto se comprometa la responsabilidad patrimonial de la Municipalidad Del Pilar.
Que, por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 191/2017.-
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 191/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTICULO 1°: Homológuese el convenio suscripto por el Sr. Intendente Municipal y la Subsecretaría de Obras Públicas de la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación el pasado 24 de mayo de 2017, denominado “Convenio de Cooperación y Financiación para la ejecución de la obra “Revitalización Pilar Centro” Municipalidad de Pilar.
ARTICULO 2°: Incorpórese como parte Integrante de la presente Ordenanza el convenio homologado en el artículo 10 junto con sus anexos.
ARTICULO 3°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 8 de junio de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a Jefatura de Gabinete, notifíquese y, con las debidas constancias archívese