Boletines/Pilar
Decreto Nº 2388/17
Pilar, 22/06/2017
Corresponde al Expediente N°376/2017-4186/2016
PILAR,
Visto
El expediente de la referencia, por el cual la Sra. Albornoz Alba Virginia, DNI N° 6.420.700 solicita la verificación de eximición por los períodos 2012 — 2013 — 2014, sobre el pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales del inmueble correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: 1, Sección: A, Manzana: 10 A, Parcela: 15, Partida 68802, y
Considerando
Que para acreditar el derecho invocado, quien peticiona adjunta documentación correspondiente.
Que, la Dirección de Rentas Generales a fojas 11/12 adjunta reporte de Catastro donde consta que el solicitante se encuentra como contribuyente del Tributo de Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales en calidad de Titular de la Partida N° 68802.
Que, la Dirección de Rentas Inmobiliarias a fojas 14/15 adjunta detalle de deuda correspondiente a la partida de referencia.
Que, la Subsecretaría de Ingresos Municipales a fojas 30 adjunta informe pertinente en el cual considera que por tratarse de periodos anteriores, la misma no constituye una eximición, sino una condonación de deuda por los periodos 2012 — 2013 — 2014.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 183/2017.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 183/2017, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Condonase a la Sra. Albornoz Alba Virginia, DNI N° 6.420.700 el pago de la deuda por los períodos 2012 — 2013 — 2014 del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales de la partida N° 68802, correspondiente a la nomenclatura catastral Circunscripción: 1, Sección: A, Manzana: 10 A, Parcela: 15.
ARTICULO 2°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 8 de junio de 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.