Boletines/Pilar

Decreto Nº2373/17

Decreto Nº 2373/17

Pilar, 21/06/2017

CORRESPONDE EXPEDIENTE N° 14870/2015

Pilar,

Visto

El expediente de referencia por el cual la “ASOCIACION CIVIL CONIN PILAR” solicita la eximición del pago del Tributo por Inspección de Seguridad e Higiene por el periodo 2015 en relación a la cuenta N° 20.305, en razón de ser una Entidad de Bien Público, y

Considerando

Que a fs. 01 la ASOCIACION CIVIL CONIN PILAR solicita a través de su presidente, Paula Arreseigor, la correspondiente eximición.

Que a fs. 02/03 se adjunta copia del documento de identidad de la presidente de la entidad.

Que a fs. 04/10 se agrega documentación del inmueble de la entidad.

Que a fs. 12 se acompaña copia certificada de Decreto N° 3262-11 mediante el cual se reconoció a la Asociación Civil CONIN Pilar como Entidad de Bien Público.

Que a fs. 13 luce copia de resolución N° 2754-10 de la Dirección Provincial de Personas Jurídicas por la cual se reconoció el carácter de persona jurídica a la Asociación Civil CONIN Pilar.

Que a fs. 14/16 se adjunta copia de acta asamblearia con designación de la Comisión Directiva vigente.

Que a fs. 17/21 se acompaña copia del estatuto de la entidad.

Que lo solicitado se encuadra en el artículo 72 Inc. N) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria año 2015.

Que de la documentación adjunta al expediente surge el cumplimiento de tales requisitos.

Que la Dirección de Relaciones Institucionales y el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo han tomado la intervención que les compete.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en el artículo 108 Inc. 17) de la Ley Orgánica de las Municipalidades (decreto ley 6769/58).

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la entidad denominada ASOCIACION CIVIL CONIN PILAR del Tributo por Seguridad e Higiene correspondiente al año 2015 de la cuenta N° 20305, según lo establecido en el artículo 72 Inc. N) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria año 2015.

ARTICULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.