Boletines/Pilar

Decreto Nº2359/17

Decreto Nº 2359/17

Pilar, 19/06/2017

Corresponde al Expediente N° 658/2010 — 4586/2010 — 417/2017 — 8724/2017

PILAR,

Visto

El expediente N° 4089-8724/17 donde los apoderados de INTECONS S.A. proponen la cesión de tierras; el expediente N° 4089-4586/2010, el artículo 56 del Decreto — Ley 8912/77, y

Considerando

Que, a fs. 170 del Expediente N° 4089-4586/10, la Dirección de Planeamiento y Gestión Urbana informa que el iniciador del Emprendimiento Residencial — Administrativo “VOHE”, INTECONS S.A., no ha dado cumplimiento al art. 56 del Decreto — Ley 8912/77, enunciando en la Localización para Proyecto Urbanístico que luce a fs. 133/135 Item 7.

Que a fs. 1 del Exte. N° 4089-8724/17 se presentan los apoderados de INTCONS S.A., Ezequiel Camps y Miguel A. Giambruni proponiendo la cesión en propiedad a la Municipalidad Del Pilar de las parcelas 2, 22,23,24,25,26,27 y 28 de la CIRCUNSCRIPCION XI, SECCION C, MANZANA 18, del Partido Del Pilar.

Que, el ítem 7 de la Localización para Proyecto Urbanístico cte fs. 133/135 del expediente N° 4089-4586/10 dispone “CESION DE TIERRAS: Aplicación del art. 56 del Dec — Ley 8912/77 322 habitantes x 4,5 ,2/habitantes = 1.449,00 m2 según el siguiente detalle:

ELVP = 1.127 m2 REC = 322 m2”

Que, a fs. 9 del Exte. N° 4089-8724/17, la Dirección de Catastro verifica la condición de las parcelas ofrecidas por Intecons S.A. constatando los indicadores y emitiendo un informe favorable para la aceptación de las mismas.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 182/2017.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 182/2017, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Aceptase el ofrecimiento realizado por Intecons S.A. respecto a la cesión de las parcelas 2 A, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de la CIRCUNSCRIPCION XI, SECCION C, MANZANA 18, del Partido Del Pilar.

ARTICULO 2°: Téngase por cumplido con el art. 56° del Decreto — Ley N° 8912/77 a INTECONS S.A. respecto del Emprendimiento Administrativo — Comercial — Residencial — Hotelero “VOHE”.

ARTICULO 3°: Concédase a Intecons S.A. un plazo máximo de 180 días corridos para la firma de la escritura traslativa de dominio respecto de los lotes cedídos, bajo apercibimiento de tener por rechazado su ofrecimiento y por incumplido el artículo 56° del Decreto — Ley 8912/77, respecto del Emprendimiento Administrativo — Comercial — Residencial -- Hotelero “VOH E”.

ARTICULO 4°: Pase a D.E. a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 8 de junio de 2017.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a Jefatura de Gabinete, Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.