Boletines/Pilar
Decreto Nº 2331/17
Pilar, 16/06/2017
CORRESPONDE EXPEDIENTE Nº 3977/2017
Pilar,
Visto
El expediente de referencia por el cual la Asociación Civil denominada SOCIEDAD DE COMERCIANTES, INDUSTRIALES, PROPIETARIOS Y AFINES (S.C.I.P.A.) solicita la eximición del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la Partida N° 68937, por el período 2017, y
Considerando
Que a fs. 01 la Asociación Civil denominada SOCIEDAD DE COMERCIANTES, INDUSTRIALES, PROPIETARIOS Y AFINES (S.C.I.P.A.) presenta la solicitud a través de su presidente, Sr. Santiago Piermarini y su Secretario, Sr. Fermin Gonzalez.
Que a fs. 05 luce copia certificada del Decreto N° 23/74 por el cual se reconoció a la Asociación Civil denominada SOCIEDAD DE COMERCIANTES, INDUSTRIALES, PROPIETARIOS Y AFINES (S.C.I.P.A.) como Entidad de Bien Público.
Que a fs. 16 se acompaña documentación que respaldaría la legitimidad del Sr. Santiago Piermarini como Presidente y al Sr. Fermin Gonzalez como Secretario de la entidad.
Que a fs. 18/22 se acompaña copia de Escritura Pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la entidad sobre el inmueble que corre identificado con las correspondientes partidas.
Que a fs. 23 la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada ha intervenido la Subsecretaría de Ingresos Municipales.
Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el artículo 72 Inc. A) de la O.F.I. .2017.
Que la entidad de referencia cumplimenta con lo dispuesto en la Ordenanza 150/03.
Que el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado la intervención que le compete.
Que las atribuciones del Sr. Intendente se encuentran consagradas en los artículos 6, 23 de la O.F.I. 2017 y el artículo 108 Inc. 17) de la Ley Orgánica Municipal.
Que por Decreto 3674/16, artículo 2 Inc. A) , el Sr. Subsecretario de Ingresos Municipales se encuentra autorizado a refrendar el presente acto administrativo.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la Asociación Civil denominada SOCIEDAD DE COMERCIANTES, INDUSTRIALES, PROPIETARIOS Y AFINES (S.C.I.P.A.) del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la Partida N° 68937 por el período fiscal 2017, según lo establece el artículo 72 Inc. A) de la O.F.I. 2017.
ARTICULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese por intermedio de la Dirección de Relaciones Institucionales y, con las debidas constancias archívese.