Boletines/Pilar

Decreto Nº2327/17

Decreto Nº 2327/17

Pilar, 16/06/2017

CORRESPONDE EXPEDIENTE Nº 2936/2017

Pilar,

Visto

El expediente de referencia por el cual la Asociación Civil de Formación Religiosa El Pilar de Los Robles solicita la eximición del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la Partida N° 2803, por el año 2017, y

Considerando

Que a fs. 01 la Asociación Civil de Formación Religiosa El Pilar de Los Robles presenta la solicitud a través de su presidente, Sra. Brígida Bobilier Monnot.

Que a fs. 04/07 se acompaña Escritura Pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la Asociación sobre el inmueble que corre identificado con la Partida N° 2803.

Que a fs. 08 luce copia certificada del Decreto N° 1158/11 por el cual se reconoce a la referida Asociación como Entidad de Bien Público.

Que a fs. 12 la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada ha intervenido la Subsecretaría de Ingresos Municipales.

Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el artículo 72 Inc. A) de la O.F.I. 2017.

Que el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado la intervención que le compete.

Que las atribuciones del Sr. Intendente se encuentran consagradas en los artículos 6, 23 de la O.F.I. 2017 y el artículo 108 Inc. 17) de la Ley Orgánica Municipal.

Que por Decreto N° 3674/16, artículo 2 Inc. A), el Sr. Subsecretario de Ingresos Municipales se encuentra autorizado a refrendar el presente acto administrativo.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la Entidad denominada Asociación Civil de Formación Religiosa El Pilar de Los Robles del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales por el período fiscal 2017 de la partida N° 2803, según lo establece el artículo 72 Inc. A) de la O.F.I. 2017.

ARTICULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, notifíquese por intermedio de la Dirección de Relaciones Institucionales y, con las debidas constancias archívese.