Boletines/Pilar

Decreto Nº2323/17

Decreto Nº 2323/17

Pilar, 16/06/2017

CORRESPONDE EXPEDIENTE Nº 2017/ 2017

Pilar,

Visto

El expediente de referencia por el cual la Entidad Religiosa denominada Iglesia Evangélica Congregacional Jesús El Buen Pastor solicita la eximición del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la partida N° 63490, por el período fiscal 2017, y

Considerando

Que a fs. 01 la Iglesia Evangélica Congregacional Jesús El Buen Pastor presenta la solicitud a través de su secretario, Sr. Leonardo Bullmann.

Que a fs. 05 luce copia certificada del Decreto N° 3817/16 por el cual se inscribió a la referida entidad en el Registro Municipal de Culto, según Ordenanza 118/13.

Que a fs. 07/10 se acompaña copia de Escritura Pública y datos registrales de donde surge la titularidad de la entidad sobre el inmueble que corre identificado con la correspondiente partida.

Que a fs. 18/19 se compaña documentación que respaldaría la legitimidad del Sr. Leonardo Bullmann como responsable de la entidad.

Que a fs. 21 la Dirección de Relaciones Institucionales, área con responsabilidad primaria en la materia, presta conformidad. Asimismo, y atento al carácter económico de la cuestión planteada, ha intervenido la Subsecretaría de Ingresos Municipales.

Que lo solicitado se encuadra en lo establecido en el artículo 72 Inc. B) de la O.F.I. 2017.

Que la entidad de referencia cumplimenta con lo dispuesto en la Ordenanza 118/13.

Que el Servicio Jurídico Permanente del Departamento Ejecutivo ha tomado la intervención que le compete.

Que las atribuciones del Señor Intendente se encuentran consagradas en los artículos 6 y 23 de la O.F.I. 2017 y el artículo 108 Inc. 17) de la Ley Orgánica Municipal.

Que por Decreto N° 3674/16, artículo 2 Inc. A) el Sr. Subsecretario de Ingresos Municipales se encuentra autorizado a refrendar el presente acto administrativo.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la entidad religiosa denominada Iglesia Evangélica Congregacional Jesús El Buen Pastor del pago del Tributo por Mantenimiento de la Vía Pública y Servicios Generales correspondiente a la partida N° 63490 por el período fiscal 2017, según lo establece el artículo 72 Inc. B) de la O.F.I. 2017.

ARTICULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Relaciones Institucionales, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.