Boletines/General Villegas

Decreto Nº1327/18

Decreto Nº 1327/18

General Villegas, 27/08/2018

Visto

El Expediente Nº 10169/18, iniciado por el Director de Servicios Urbanos, solicitando una sanción disciplinaria al agente Municipal Manuel Gasverde, Legajo Personal Nº 3633 por inasistencias injustificadas los días 18, 19, 20, 25, 26,30 y 31 de julio, y por marcar el reloj de ingreso el día 14 de agosto y observar los capataces a cargo que no estuvo en ningún momento en su lugar de trabajo; y

Considerando

Que la Dirección de Recursos Humanos interviene de fojas 5, informando datos del agente y dando cuenta que registra sanciones disciplinarias y registra días de inasistencias injustificadas en el corriente año.

Que se deja constancia que mediante Expediente N° 8741/18, mediante Resolución N° 780/18 se le comunicó que de persistir con dicha conducta sería pasible de una sanción expulsiva. No obstante el agente nuevamente incumple con sus obligaciones laborales.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos interviene a fojas 10, sugiriendo dar de baja a la agente no solo por razones de servicio, conforme lo establece el Artículo 103 inciso d) y el artículo 104 de la Ordenanza N° 5647, sino también por incumplir en reiteradas oportunidades con las obligaciones estipuladas en el artículo 65 siguientes y concordantes de dicha ordenanza.

Que el agente ha inobservado sistemáticamente las obligaciones de prestar el servicio de forma eficiente en condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente.

Que dicha conducta transgresiva no encuadra dentro de los principios de eficiencia, eficacia, trabajo en equipo y productividad laboral en franco detrimento de los intereses municipales.

Que debido al cúmulo de inasistencias injustificadas quedó acreditada la inobservancia de la obligación principal del agente, el cual consiste en prestar servicios conforme a las modalidades acordadas ab initio de la relación de empleo.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Dése de baja desde el 1 de septiembre al agente Manuel Gasverde, Legajo Personal Nº 3633, 11 módulos, 30 horas semanales, agente transitorio jornalizado, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 41.01.00, no solo por razones de servicio, conforme lo establece el Artículo 103 inciso d) y el artículo 104 de la Ordenanza N° 5647, sino también por incumplir en reiteradas oportunidades con las obligaciones estipuladas en el artículo 65 siguientes y concordantes de dicha ordenanza.

ARTICULO SEGUNDO: Autorícese a la Dirección de Recursos Humanos a realizar las adecuaciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Servicios Urbanos, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.