Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1314/18
General Villegas, 24/08/2018
Visto
El Expediente Nº 10221/18, iniciado por la Secretaria de la Comisión de apoyo a la Casa de la Cultura Atilio Cimino, de la Localidad Banderaló, solicitando un subsidio destinado a solventar el gastos de espectáculo musical, con motivo del festejo de los 118 años de la localidad, evento a concretarse el día 1 de septiembre de 2018; y
Considerando
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 3.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos diez mil ($ 10.000.-), a la Comisión de apoyo a la Casa de la Cultura Atilio Cimino, de la Localidad Banderaló, destinado a solventar el gasto de espectáculo musical, con motivo del festejo de los 118 años de la localidad, evento a concretarse el día 1 de septiembre de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque conforme se indica en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, conforme lo establecen las normas vigentes. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto, el reintegro de la suma otorgada (Artículo Nº 131 y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, deberá ser imputado a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Departamento Ejecutivo |
Subjurisdicción: |
Conducción Superior |
Programas o Actividades Centrales: |
79 - Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora: |
Intendente Municipal |
Fuente de Financiamiento: |
110 |
Clase: |
5.1.7.0. |
Descripción de Clase: |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Importe: |
$ 10.000 |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas Contaduría y Tesorería, cúmplase y archívese.