Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1287/18
General Villegas, 21/08/2018
Visto
El Expediente Nº 10042/18, iniciado por la Comisión Directiva de ADERID (Asociación para el Desarrollo, Rehabilitación e Integración de Personas Discapacitadas), solicitando un subsidio destinado a solventar gastos de servicio de gas YPF; y
Considerando
Que esta Administración estima conveniente brindar el apoyo requerido.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación del gasto a fojas 4.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase un subsidio de Pesos dieciséis mil cuatrocientos noventa y cuatro con 82/100 ($ 16.494,82.-), a la COMISIÓN DIRECTIVA DE ADERID (Asociación para el Desarrollo, Rehabilitación e Integración de Personas Discapacitadas), destinado a solventar gastos de servicio de gas YPF.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por Tesorería, previa intervención de Contaduría, líbrese el cheque por la suma y a la orden establecida en el Artículo Primero.
ARTÍCULO TERCERO: La entidad beneficiada, deberá rendir cuenta documentada de la inversión que realice, dentro de los treinta (30) días de recibido el mismo. La falta de cumplimiento constituye causa para privar a la misma del derecho a percibir nuevos beneficios, quedando expedita la vía para demandar el cumplimiento de tal formalidad, o en su defecto el reintegro de la suma otorgada (Artículo 131º y concordantes del Reglamento de Contabilidad).
ARTÍCULO CUARTO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Condución Superior |
Programa o actividades Centrales |
79-Subsidio a Entidades del Sector Público y Privado |
Unidad Ejecutora |
Intendente Municipal |
Fuente de Financiamiento |
110 |
Clase |
5.1.7.0 |
Descripción de Clase |
Transferencias a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de lucro |
Importe |
$ 16.494,82 |
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretaría de Hacienda y Finanzas; cúmplase y archívese.