Boletines/General Villegas

Decreto Nº1274/18

Decreto Nº 1274/18

General Villegas, 16/08/2018

Visto

El Expediente Nº 367/18, iniciado por la señora Marta Busso solicitando la eximición del pago de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, correspondientes al inmueble identificado como Circunscripción I, Sección B, Manzana 20B, Parcela 5, debido a que es una persona sola, imposibilitada de trabajar y subsiste con su jubilación.

Considerando

Que a fojas 7, el Coordinador de la Oficina de Catastro informa los datos catastrales del inmueble y que el mismo se encuentra registrado a nombre de Marta Olga Busso de García.

Que a fojas 9 a 25 la Dirección de Rentas detalla la suma adeudada por el Contribuyente Nº 2803 en concepto de “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública” y “Tasa por Seguridad y Defensa Civil” y Plan de Pagos las que se encuentran al cobro mediante vía de apremios conforme Expedientes N° 23813/15 y 22649/14.

Que la Secretaría de Desarrollo Social interviene de fojas 29 a 33, elevando el informe social practicado por la profesional del área, donde surge que la Señora Busso vive sola, de la Secretaria de Desarrollo Social retira la caja de mercadería de alimentos y que económicamente no le suele alcanzar el dinero que cobra de la jubilación.

                        Que el Artículo 71 de la Ordenanza Fiscal vigente autoriza al Departamento Ejecutivo a eximir aquellos contribuyentes que reúnan los requisitos establecidos en el Artículo 73.

Que a fojas 35 la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere dar curso favorable a lo solicitado, eximir al contribuyente por el Ejercicio 2018 de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 71 inciso b), 73 inciso 1) y 2) y 75 de la Ordenanza Fiscal vigente y artículo 7 del Decreto 684/03.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTICULO PRIMERO: Exímase del pago de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Fondo Solidario para la Obra Pública” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, por el Ejercicio 2018, al, Contribuyente Nº 2803, conforme lo requerido por la señora Marta Olga Busso, DNI Nº F5.943.238, en virtud de encuadrar en lo dispuesto en el Título VIII de la Ordenanza Fiscal vigente.

ARTÍCULO SEGUNDO: Comuníquese al beneficiario lo dispuesto en el Artículo 9º del Anexo I del Decreto Nº 684/03 “Reglamento del Título VII – De las Exenciones de la Ordenanza Fiscal vigente”.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, División Centro de Cómputos, Dirección y Departamento de Rentas, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social, Dirección de Asuntos Jurídicos, Departamentos Catastro y Expedición, División Comercio e Inspección, Tesorería y Honorable Concejo Deliberante; cúmplase y archívese.