Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1266/18
General Villegas, 15/08/2018
Visto
El Expediente Nº 5891/18, mediante el cual se tramitó la Licitación Privada Nº 12/18 destinada a la “Reconstrucción y consolidación de camino 07-17 desde Ruta Nacional Nº 33 hasta 07-24, según Plan Director Vial”; y
Considerando
Que el Director Vial, informa que se procedió a dar conformidad al Acta de Recepción Provisoria y Definitiva de los trabajos pertenecientes a la licitación mencionada, con fecha 5 y 16 de julio de 2018 respectivamente y que debería procederse a la devolución de las garantías aportadas por el señor Franco Gabriel Picco.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones de la licitación, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación correspondiente.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes a la Licitación Privada Nº 12/18 destinada a la “Reconstrucción y consolidación de camino 07-17 desde Ruta Nacional Nº 33 hasta 07-24, según Plan Director Vial”, según Acta del día 5 de julio de 2018, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Franco Gabriel Picco, en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 5891/18.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos pertenecientes a la Licitación Privada mencionada en el Artículo Primero, según Acta del día 16 de julio de 2018, firmada entre la Municipalidad de General Villegas y el señor Franco Gabriel Picco, en representación de la firma adjudicataria, conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 5891/18.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase al señor Franco Gabriel Picco, las garantías aportadas en la licitación mencionada anteriormente, según el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO: La devolución mencionada en el Artículo Tercero, deberá ser imputada con cargo a la siguiente Partida:
71001 - Depósitos en Garantía
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.