Boletines/General Villegas
Decreto Nº 1244/18
General Villegas, 13/08/2018
Visto
Expediente N° 9925/18, iniciado por la Secretaria de Desarrollo Social, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a ex combatientes de Malvinas para solventar el pago de IOMA voluntario, por un monto total de $ 5.791; y
Considerando
Que por Decreto Nº 741/10, ratificado por Ordenanza Nº 4819, se dispuso la incorporación como afiliados voluntarios al IOMA, a los soldados conscriptos de las Fuerzas Armadas que estuvieron bajo bandera durante el conflicto, dentro del denominado Teatro de Operaciones del Atlántico Sur, al Sur del paralelo 42, que no fueron incluidos en los beneficios acordados a los combatientes que estuvieron en el Teatro de Operaciones Islas Malvinas Georgias Sándwich del Sur y no cuenten con cobertura médico asistencial.
Que este Municipio considera un deber moral a los mismos y a sus familias brindarles la obra social a la cual corresponde el ámbito público municipal, afrontando el Municipio los aportes que por ley correspondan.
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 12.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidio a indigente” por la suma total de Pesos cinco mil setecientos noventa y uno ($ 5.791), conforme el siguiente detalle, destinado a ex combatientes de Malvinas para solventar el pago de IOMA voluntario:
Apellido y Nombre |
DNI. |
Importe |
Barale, Dante |
14.530.830 |
$ 1.215 |
Bramajo, Luís Alberto Castaño Juan Alejandro |
16.215.997 16.334.814 |
$ 1.215 $ 1.215 |
Crespo Ricardo |
14.530.891 |
$ 2.146 |
|
Total |
$ 5.791 |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5 - Transferencias |
Partida Principal: |
1 - Transferencia al Sector privado para financiar gastos corrientes |
Partida Subparcial: |
04 - Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
62 - Asistencia Social Directa |
Act. Proy.: |
03 - Subsidios Varios |
Importe: |
$ 5.791.- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería y Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.