Boletines/San Andrés de Giles
Decreto Nº 3287/2018
San Andrés de Giles, 26/10/2018
Visto
Las actuaciones contenidas en el expediente N° 4101-3054/18, mediante el cuál se tramita la denuncia realizada por el Sr. Coordinador del C.I.C. Sr. Mauricio Oliva, relacionada con el comportamiento de la agente municipal Graciela E. Arrieta, y
Considerando
Que a través del decreto N° 2255 de fecha 26 de julio de 2018, se instruye un sumario administrativo, con el objeto de esclarecer las circunstancias y determinar las responsabilidades de la agente involucrada.
Que en el artículo 2° del citado plexo legal, se suspende con carácter preventivo a la agente Arrieta, a quién se le otorga el carácter de sumariada, por el término de treinta días corridos.
Que, luego de fenecer la suspensión otorgada – y a través del decreto N° 2694 de fecha 27 de agosto de 2018- se ha considerado que la misma, se desempeñe como medida preventiva en otro ámbito del Municipio, siendo éste el C.A.P. ubicado en el Barrio San Bernardo de esta localidad.
Que el traslado de la agente al nuevo lugar de trabajo mencionado tiene lugar por el término de sesenta días, a partir del 30 de agosto de 2018, venciendo por lo tanto el mismo, el próximo 28 de octubre.
Que, al día de la fecha, la sustanciación del sumario se encuentra en plena etapa de ejecución, resultando necesario analizar y evaluar toda la documentación agregada, a fin de encaminar las actuaciones, a una resolución final.
Que a esos fines, y en virtud de lo normado en el artículo N° 137 del Convenio Colectivo de Trabajo identificado con el N° 38 y aprobado mediante ordenanza del H.C.D. N° 2061/17, el Departamento Ejecutivo cuenta con la potestad de ampliar el término de traslado de la agente, teniendo vigencia éste, hasta tanto se resuelva el sumario administrativo.
Que la Sra. Instructora a cargo de las actuaciones, ha considerado necesario prorrogar la vigencia del traslado hasta la finalización del proceso sumarial, con el objeto de considerar los antecedentes colectados y dictar el respectivo informe de apreciación.
Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario dictar un acto administrativo, con el objeto de prorrogar el traslado de la agente Graciela Arrieta, oportunamente dispuesto mediante decreto N° 2694/18.
Por ello, el Intendente Municipal, en uso de las atribuciones que le son propias
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Establécese, como medida preventiva y con carácter transitorio, que la agente GRACIELA ELIZABET ARRIETA, DNI N° 17.874.745, Legajo N° 10063, continúe desempeñando sus funciones en el C.A.P. ubicado en el Barrio San Bernardo de esta localidad, -donde se encuentra laborando desde el día 30 de agosto de 2018- , hasta tanto se resuelva el sumario administrativo, oportunamente sustanciado a través del decreto N ° 2255/18.
ARTICULO 2°: Lo establecido en el artículo precedente, se basa en lo normado en el artículo N° 137 del Convenio Colectivo de Trabajo identificado registrado con el N° 38 ante el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires y aprobado mediante ordenanza del H.C.D. N° 2061/17, y esta disposición no afecta la foja de servicios de la agente, el goce de sus derechos ni la percepción de sus haberes.
ARTICULO 3°: Regístrese. Comuníquese a la agente sumariada, al Sr. Secretario de Salud del Municipio, al Sr. Coordinador del C.I.C. , a la Oficina de Recursos Humanos y Capacitación, regístrese y archívese.